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Materias Técnico-Científicas · Tema 42 de 45

Tema 42. Armas de fuego, Reglamento de Armas y balística forense

Epígrafe oficial (Anexo I, BOE-A-2026-15055)Origen de las armas de fuego. Definición, clasificación, categorías y funcionamiento de las armas de fuego: especial referencia al reglamento de armas. Cartucho: definición y componentes. Armas prohibidas. Documentación que ampara la tenencia y porte de armas. Balística forense.
Test del tema Modo examen Supuestos prácticos
Cae de media 1.7 preguntas de 100 en los últimos exámenes

Lo imprescindible

  • ★Las definiciones del art. 2 del Reglamento de Armas (RD 137/1993) caen al pie de la letra: automática, semiautomática, de repetición, corta (30/60 cm), antigua (1890), Flobert (100 J), asimilada.
  • ★Hay que saberse las nueve categorías del art. 3 con sus apartados, sobre todo la 2.ª, la 3.ª (24,2 J), la 4.ª y la 7.ª.
  • ★Armas prohibidas: el art. 4 prohíbe del todo (puñal de menos de 11 cm, culatín, llaves de pugilato) y el art. 5 permite excepciones para funcionarios habilitados (21/11 cartuchos, cargadores de 20/10, tonfas, silenciadores, punta hueca).
  • ★Documentación: la licencia es de la persona y la guía de cada arma. Licencias A-F (quién las concede, cuántas armas y cuánto duran), tarjeta de armas del Alcalde, Tarjeta Europea y revista cada 5 años.
  • ★Cartucho: vaina, pistón, carga y proyectil. Balística interior, exterior, de efectos e identificativa, y el tratamiento forense de los indicios (residuos, distancia, cadena de custodia).

Lección

1. Origen y evolución de las armas de fuego

Las primeras armas de fuego europeas eran simples tubos que lanzaban un proyectil gracias a la pólvora negra.

La forma de encender la carga fue mejorando por etapas: mecha → rueda y chispa → percusión.

Después llegaron la retrocarga (cargar por detrás, por la recámara), el cartucho metálico y los sistemas de repetición: más disparos por minuto, mejor sellado y menos fallos.

La pólvora sin humo dio más velocidad al proyectil y ensuciaba menos. Más tarde aparecieron las armas semiautomáticas y automáticas, los cargadores y los seguros modernos.

2. Arma, arma de fuego y componentes esenciales

Arma de fuego (art. 2.12): arma portátil, con cañón, que lanza (o está pensada para lanzar, o se puede transformar con facilidad para lanzar) un perdigón, bala o proyectil por la acción de un combustible propulsor. Un objeto con apariencia de arma de fuego que se pueda transformar así también cuenta como tal.

Corta: cañón de 30 cm o menos, o longitud total de 60 cm o menos (basta una de las dos). Larga: cualquier arma de fuego que no sea corta (es una definición residual).

Componentes esenciales (art. 1.2): en armas cortas, armazón, cañón, tambor y corredera o cerrojo; en armas largas, caja o cajón de mecanismos (superior e inferior), cañón, cerrojo o báscula y cierre o bloqueo del cierre. Sueltos, tienen el mismo régimen y la misma categoría que el arma en la que van montados.

Pieza es todo elemento indispensable para el funcionamiento del arma, y también cualquier dispositivo para reducir el ruido del disparo.

La munición se adquiere y se tiene con las mismas reglas que el arma a la que va destinada (art. 1.3).

Fuera del Reglamento (art. 1.4): las armas de las Fuerzas Armadas, las FCS y el CNI, que tienen su propia normativa.

arts. 1-2 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero art. 2.12-14 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero

3. Clasificación por el modo de disparo y de carga

Automática: se recarga sola y sigue disparando mientras se mantiene apretado el disparador (art. 2.5). Es arma de guerra (art. 6.1.c).

Semiautomática: se recarga sola, pero hace un disparo cada vez que se acciona el disparador (art. 2.21).

De repetición: la recarga la hace el tirador con un mecanismo que coge el cartucho del depósito (art. 2.15).

De un solo tiro: no tiene depósito; se mete a mano un cartucho antes de cada disparo (art. 2.16). Basculante: tampoco tiene depósito, carga a mano y cierra con báscula; puede tener uno o varios cañones (art. 2.6).

Avancarga: la carga y el proyectil entran por la boca del cañón (o por la boca de la recámara del tambor), con pólvora negra o similar (art. 2.11). Retrocarga: se carga por la recámara.

Combinada: une elementos de armas de categorías distintas; para documentarla manda el componente más peligroso (art. 96.9).

art. 2 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero

4. Otras definiciones del artículo 2

Antigua: modelo o año de fabricación anterior al 1-1-1890. Histórica: ligada de forma acreditada a un hecho o personaje histórico relevante. Artística: de especial valor por sus materiales nobles o su diseño.

Asimilada: la que, por su peligrosidad, tiene el régimen de un arma de fuego; en todo caso las de las categorías 3.ª 3 y 7.ª 2 y 3.

Flobert: siempre de percusión anular, con energía en boca de 100 J como máximo.

Alarma y señales: solo dispara fogueo, irritantes o señales y no puede transformarse en arma de fuego. Acústica y de salvas: es un arma de fuego transformada para usar solo fogueo en recreaciones, rodajes, escena y espectáculos.

Inutilizada: todos sus componentes esenciales quedan inservibles para siempre, según la ITC 2. Puesta a tiro o tomada en diente: arma a medio fabricar que ya puede disparar.

Imitación o réplica: solo se parece por fuera y no se puede transformar en arma. Reproducción: copia que sí tiene todas las características y posibilidades de uso de la original.

Municiones: perforante, explosiva e incendiaria son de uso militar; la expansiva se deforma en el tejido para ceder toda su energía.

Personas: armero (fabrica, vende, alquila, repara o transforma), corredor (intermedia en operaciones, sin ser armero), coleccionista y museo (ambos tienen que estar autorizados).

art. 2.1-4 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero art. 2.23-37 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero

5. Elementos técnicos: cañón, ánima, percusión y mecanismos

El ánima es el interior del cañón. Puede ser lisa (lo típico en la escopeta: perdigones, postas o bala única) o rayada, con estrías helicoidales que hacen girar el proyectil y lo estabilizan.

En el rayado hay campos y fondos. El número, sentido, anchura y paso de las estrías son rasgos de clase (comunes a todo un modelo); las imperfecciones microscópicas permiten individualizar un arma concreta.

Secuencia del disparo: disparador → percutor → pistón o fulminante → carga propulsora → gases → el proyectil recorre el cañón.

Percusión central: el pistón está en el centro del culote. Anular: la mezcla iniciadora va en el reborde.

En las semiautomáticas y automáticas, la energía del disparo hace la extracción, la expulsión, el armado y la alimentación (por retroceso o toma de gases).

Partes: cañón, recámara, cierre (aguanta la presión y sella la recámara), mecanismos de disparo, alimentación, extractor (saca la vaina) y expulsor (la lanza fuera), armazón o cajón y miras. Los seguros ayudan, pero no sustituyen al manejo correcto.

Pistola: recámara en el propio cañón. Revólver: varias recámaras en un tambor giratorio.

6. El cartucho y el calibre

Cartucho: el conjunto listo para disparar. En munición metálica tiene vaina, pistón (cápsula iniciadora), carga de proyección y proyectil. No es lo mismo que el proyectil, que es solo una de sus partes.

Funciones: la vaina reúne todos los elementos y sella la recámara; el pistón prende la carga; la pólvora produce los gases; el proyectil es lo que sale por el cañón.

Cartucho de escopeta: además lleva taco (separa la pólvora de los perdigones y ayuda a sellar), opérculo y la carga de perdigones o postas.

Calibre en armas rayadas: diámetro del cañón o del proyectil, en milímetros o en fracciones de pulgada. En escopetas: número de bolas de plomo del diámetro del ánima que hacen falta para una libra. Por eso el 12 es más grueso que el 20.

En el Reglamento, la munición comprende el cartucho completo o sus componentes (vainas, cebos, carga, balas), siempre que estén autorizados en España (art. 2.29).

art. 2.29 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero

7. Las nueve categorías del artículo 3

1.ª: armas de fuego cortas (pistolas y revólveres).

2.ª: 1) largas para vigilancia y guardería; 2) largas rayadas para caza mayor y cañones estriados adaptables a escopetas.

3.ª: 1) largas rayadas deportivas del .22 (5,6 mm) de percusión anular; 2) escopetas y largas de ánima lisa con punzón de escopeta de caza; 3) armas de aire o gas comprimido con más de 24,2 J.

4.ª: aire comprimido no asimilado a escopeta: 1) semiautomáticas, de repetición y revólveres de doble acción; 2) de un solo tiro y revólveres de acción simple.

5.ª: 1) armas blancas no prohibidas; 2) cuchillos y machetes militares o sus imitaciones.

6.ª: 1) antiguas o históricas en museos (si dependen de los Ejércitos los autoriza Defensa; si no, Interior); 2) anteriores a 1890 y sus reproducciones (salvo que disparen munición de guerra o prohibida); 3) otras conservadas por su valor histórico o artístico; 4) avancarga en general.

7.ª: 1) inyección anestésica; 2) ballestas; 3) lanzacabos; 4) Flobert; 5) arcos, lanzadores de líneas de pesca y fusiles submarinos; 6) alarma y señales y lanzabengalas.

8.ª: acústicas y de salvas. 9.ª: inutilizadas.

art. 3 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero art. 3 (6.ª a 9.ª) · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero

8. Armas prohibidas (arts. 4 y 5) y armas de guerra (art. 6)

Art. 4 (prohibición total: fabricar, importar, circular, anunciar, comprar, vender, tener y usar, también las imitaciones): armas de fabricación ilícita o modificadas sin permiso; armas largas que esconden pistolas; pistolas y revólveres con culatín; armas dentro de bastones u otros objetos; armas disfrazadas de otro objeto; bastones-estoque, puñales y navajas automáticas; armas de fuego o de aire combinadas con armas blancas; defensas de alambre o plomo, rompecabezas, llaves de pugilato, tiragomas y cerbatanas perfeccionados, munchacos y xiriquetes.

Puñal: hoja de menos de 11 cm, de dos filos y puntiaguda. Única excepción del art. 4: museos, coleccionistas y organismos del art. 107.

Art. 5.1 (prohibidas salvo para funcionarios especialmente habilitados): cortas semiautomáticas de percusión central con más de 21 cartuchos y largas con más de 11 (contando el de la recámara); largas de cañones recortados; automáticas transformadas en semiautomáticas; cargadores de más de 20 (cortas) o de más de 10 (largas); largas que bajan de 60 cm con culata plegable o telescópica; armas transformadas para fogueo; alarma y señales sin un uso permitido; sprays (salvo los aprobados por Sanidad); defensas eléctricas, de goma, extensibles y tonfas; silenciadores; munición perforante, explosiva, incendiaria y dum-dum o de punta hueca para armas cortas.

Art. 5.2: las imitaciones que pueden confundirse con un arma real solo se pueden tener en casa como adorno o colección, salvo los modelos aprobados por la Guardia Civil. Art. 5.3: prohibidas las navajas no automáticas de hoja de más de 11 cm (medidos desde el tope del mango), salvo en el domicilio como adorno o colección.

Armas de guerra (art. 6): calibre de 20 mm o más, calibres menores que Defensa considere de guerra, automáticas, sus municiones y componentes, bombas, misiles, granadas... Qué armas de guerra pueden llevar las FCS lo decide el Gobierno, a propuesta conjunta de Defensa e Interior.

Control (arts. 7-9): la Guardia Civil interviene en todo el ciclo del arma; la Policía, en la tenencia y uso. La Guardia Civil inspecciona sin avisar, hay una Intervención de Armas en cada Compañía y el Registro Nacional de Armas está en la Intervención Central de Armas y Explosivos.

arts. 4-5 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero art. 5 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero arts. 6-7 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero

9. Guía de pertenencia, revista y transmisión de armas

Guía de pertenencia (art. 88): cada arma de las categorías 1.ª, 2.ª, 3.ª, 6.ª, 7.ª 1 a 4 y 8.ª necesita la suya. La licencia habilita a la persona; la guía identifica cada arma.

La expiden las Intervenciones de Armas. Las del personal con licencia A, las autoridades del art. 115; las de lanzacabos, las Comandancias de la Guardia Civil con informe de Marina. Va siempre con el arma cuando se usa, se deposita o se transporta.

Revista cada 5 años, al renovar la licencia. Personal con licencia A: en abril, ante sus autoridades. Licencia C: en mayo, ante la Intervención. Resto: en el mes en que renuevan. Hay que presentar el arma (uno mismo o un tercero autorizado por escrito). Faltar a dos revistas seguidas supone anular y retirar la guía.

Préstamo (art. 91): armas de caza, a quien tenga licencia de caza y la de armas que corresponda, con autorización escrita, fechada y firmada, por 15 días como máximo y solo para cazar; siempre con la guía.

Fallecimiento (art. 93): los herederos depositan las armas en un plazo máximo de 6 meses; quedan 1 año a su disposición para venderlas, quedárselas legalmente o inutilizarlas.

Venta (art. 94): solo a quien tenga la licencia que corresponda, y ante la Intervención de Armas, que recoge la guía del vendedor y hace una nueva al comprador. Si los dos tienen licencia A, intervienen solo las autoridades del art. 115.

arts. 88-90 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero arts. 90-93 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero art. 94 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero

10. Licencias A, B, C, D, E y F

Las categorías 1.ª, 2.ª y 3.ª necesitan licencia; la 4.ª, tarjeta; la 6.ª y la 7.ª 4, el régimen del art. 107 (art. 96).

A: armas particulares de las Fuerzas Armadas, FCS y Vigilancia Aduanera, y vale como B, D y E. Para un policía en activo, su carné profesional es la licencia A (art. 114). Guías marcadas C.N.P. (Policía Nacional), G.C., PA (autonómicas), PL (locales) y S.V.A.. Número de armas: Escala Básica, 1 corta; Superior, Ejecutiva y Subinspección, 3 cortas, además de las de dotación (art. 118).

B: armas cortas de particulares. La concede la Dirección General de la Guardia Civil, de forma restrictiva: querer defender personas o bienes no basta por sí solo. 5 años, una sola licencia B por persona y un arma por licencia. El arma se guarda bajo llave y separada de la munición.

C: armas de dotación de vigilantes y personal de seguridad. La concede el Jefe de la Comandancia. Solo vale mientras se está de servicio y se pierde al dejar el puesto (arts. 121-126).

D: armas largas rayadas de caza mayor (2.ª 2), hasta 5 armas, 5 años. E: 3.ª y 7.ª 2 y 3, 6 escopetas o 6 rifles deportivos y 12 armas como máximo, 5 años. Ambas las concede el Jefe de la Comandancia.

F: armas de concurso de tiradores federados. La concede la DG de la Guardia Civil y dura 5 años. 3.ª clase: 1 arma (sin pistolas libres); 2.ª: hasta 6; 1.ª: hasta 10. Solo se usa en campos y galerías de tiro y se pierde tras un año sin actividad. Guías marcadas T.D.E.

Requisitos comunes: mayoría de edad y residencia en España para 1.ª-3.ª; antecedentes penales, documento de identidad e informe de aptitud psicofísica (los miembros en activo de FAS y FCS no lo necesitan). Una condena por delito doloso violento indica riesgo. Durante la renovación hay autorización temporal de 3 meses. A partir de los 67 años, visado a los 3 años.

art. 96 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero arts. 98-100 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero arts. 114-115 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero arts. 132-134 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero

11. Tarjetas de armas, autorizaciones especiales y Tarjeta Europea

Tarjeta de armas (4.ª categoría): la da el Alcalde y solo vale en ese término municipal. Tarjeta A (4.ª 1): 6 armas, 5 años, desde los 14 años. Tarjeta B (4.ª 2): sin límite de armas y permanente. No sirve en lugar de una licencia.

Armas blancas de la 5.ª 1: cualquier mayor de edad puede comprarlas y tenerlas.

Antiguas, históricas, artísticas y de avancarga: inscritas en un Libro-Registro de museo o coleccionista autorizado, no necesitan licencia; la autorización se visa cada 5 años. Las armas registradas no se pueden usar, y para moverlas hace falta una guía especial.

Inutilizadas: se pueden tener en casa en cualquier número, junto con el certificado (en castellano e inglés).

Menores: de 16 a 18 años, rifles de caza mayor o del .22 (3.ª 1); desde los 14, escopetas (3.ª 2). Siempre con un adulto con licencia D, E o F. Autorización hasta la mayoría de edad, que concede el Director General de la Guardia Civil.

No residentes en la UE: para cazar, hasta 3 armas y 3 meses (con un máximo de dos prórrogas de 3 meses); para competir, hasta 6 armas, pidiéndolo con 15 días de antelación.

Tarjeta Europea de Armas de Fuego: para moverse con armas por la UE. La expide la DG de la Guardia Civil, dura 5 años como máximo (prorrogable), es intransferible y hay que llevarla siempre encima. Cazadores y tiradores de otro Estado miembro pueden traer sus armas sin autorización previa si las tienen en la tarjeta y demuestran el motivo del viaje. No se les pueden cobrar tasas por aceptarla.

arts. 105-106 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero art. 107 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero arts. 112-113 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero

12. Tenencia, porte, custodia y uso: obligaciones y actuación policial

Obligaciones de quien tiene armas (art. 144): guardarlas en lugar seguro, enseñarlas a los agentes cuando se las pidan, comunicar enseguida a la Intervención de Armas si se pierden o se las roban (también la documentación), no dejar armas y munición accesibles juntas y vigilarlas durante el transporte y el uso.

Está prohibido llevar, mostrar o usar armas cortas, armas blancas (sobre todo las de punta) y las de las categorías 5.ª, 6.ª y 7.ª fuera de casa, del trabajo o de la actividad deportiva. Los agentes valoran si de verdad hace falta llevarlas (art. 146.1).

Por regla general es ilícito llevar armas en establecimientos públicos y lugares de reunión, ocio o recreo (art. 146.2). También está prohibido llevarlas sin necesidad, con imprudencia, con auriculares o bajo los efectos del alcohol o las drogas (art. 147).

Los agentes pueden hacer comprobaciones y retirar temporalmente las armas, aunque se lleven con licencia, para prevenir delitos; después se depositan en la Intervención de Armas (art. 148).

Por la ciudad, las armas solo pueden ir desmontadas o en su caja o funda, de camino a la actividad autorizada. Las competiciones fuera de recintos autorizados necesitan permiso del Delegado o Subdelegado del Gobierno, pedido con 15 días de antelación (art. 149).

Polígono de tiro: como mínimo dos campos, dos galerías o un campo y una galería. En espectáculos y rodajes solo se usan armas de alarma, acústicas, inutilizadas o de colección con pólvora sin proyectil (art. 153).

art. 144 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero arts. 145-149 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero art. 153 · Real Decreto 137/1993, de 29 de enero

13. Balística: interior, exterior y de efectos

Interior: desde que se inicia el cartucho hasta que el proyectil sale por la boca (encendido, combustión, presión, recorrido por el ánima). Influyen la carga y el tipo de pólvora, el volumen de la recámara, la masa del proyectil, la longitud del cañón, la temperatura y el estado del arma. Una obstrucción puede provocar una sobrepresión peligrosa.

Exterior: el vuelo, desde la boca hasta el blanco. Actúan la gravedad, el aire, el viento y la estabilidad que da el giro. La trayectoria es curva, y la línea de mira no coincide con el eje del cañón: el arma se regula para que se crucen a una distancia determinada.

De efectos (terminal): lo que pasa en el blanco (penetración, deformación, fragmentación, energía cedida, cavidades). El calibre por sí solo no permite deducirlo. En medicina forense se estudian el orificio de entrada, el trayecto y el posible orificio de salida.

14. Balística identificativa y tratamiento forense de indicios

Identificativa: compara las marcas que deja un arma en proyectiles y vainas. El cañón marca la bala; percutor, cierre, extractor y expulsor marcan la vaina. Los rasgos de clase indican el tipo de arma; los microscópicos, el arma concreta. Se compara con disparos de prueba hechos en condiciones controladas.

Residuos de disparo: vienen del pistón, la pólvora, el proyectil, la vaina y el arma. Su presencia apoya la hipótesis de un disparo o de cercanía; su ausencia no descarta que la persona disparara. Hay que tomar las muestras pronto y con cadena de custodia.

Distancia: se calcula por la dispersión de residuos, el humo, el tatuaje, las quemaduras o la dispersión de los perdigones, más disparos de prueba. Trayectoria: por los impactos y los ángulos. El resultado son márgenes, no cifras exactas.

Actuación en el lugar: asegurar la zona, documentar dónde está el arma y cómo está, y dejar que la haga segura solo personal competente. Cada indicio se embala y etiqueta por separado. Nunca se mete nada en el cañón.

Cadena de custodia: deja constancia de qué es el indicio, quién lo recogió, cómo se embaló, a quién se entregó, qué análisis se hicieron y dónde se guarda.

Tablas de repaso

Categorías de armas reglamentadas (art. 3) y documento

CategoríaContenidoDocumento
1.ªPistolas y revólveresLicencia A, B, C o F + guía
2.ª1) Largas de vigilancia y guardería; 2) largas rayadas de caza mayorLicencia C (2.ª 1) o D (2.ª 2) + guía
3.ª1) Rayadas .22 deportivas; 2) escopetas; 3) aire > 24,2 JLicencia E + guía
4.ªAire comprimido no asimilado (1: semiautomáticas y repetición; 2: un tiro)Tarjeta de armas (Alcalde)
5.ªBlancas no prohibidas; cuchillos y machetes militaresLibre para mayores de edad (5.ª 1)
6.ªAntiguas, históricas, anteriores a 1890, avancargaRégimen del art. 107 (Libro-Registro)
7.ªAnestesia, ballestas, cabos, Flobert, arcos-pesca, alarma7.ª 2-3: licencia E; 7.ª 4: art. 107
8.ªAcústicas y de salvasGuía de pertenencia
9.ªInutilizadasCertificado de inutilización

Licencias de armas

LicenciaArmasConcedeNúmero / validez
AParticulares de FAS, FCS y SVA (1.ª-3.ª)Carné profesional / art. 115Básica 1 corta; mandos 3
BCortas de particularesDG Guardia Civil1 arma, 5 años
CDotación de vigilancia y seguridadJefe de ComandanciaSolo de servicio
DLarga rayada de caza mayor (2.ª 2)Jefe de ComandanciaHasta 5, 5 años
E3.ª y 7.ª 2 y 3Jefe de Comandancia6 + 6, máximo 12, 5 años
FConcurso de federadosDG Guardia Civil1 / 6 / 10 según clase, 5 años

Cifras de las prohibiciones

SupuestoLímiteArtículo
PuñalHoja < 11 cm, dos filos, puntiaguda4.1.f
Corta semiautomática de percusión central> 21 cartuchos con recámara5.1.a
Larga semiautomática de percusión central> 11 cartuchos con recámara5.1.b
CargadorCorta > 20; larga > 105.1.e
Larga con culata plegable< 60 cm5.1.f
Navaja no automáticaHoja > 11 cm5.3
Arma de guerraCalibre ≥ 20 mm6.1.a

Plazos del Reglamento de Armas

TrámitePlazo
Revista de armasCada 5 años (A: abril; C: mayo)
Préstamo de armas de caza15 días como máximo
Depósito tras fallecimiento6 meses; a disposición 1 año
Autorización temporal en renovación3 meses
Visado a mayores de 67 añosA los 3 años
Tarjeta A / Tarjeta B5 años / permanente
Tarjeta Europea5 años como máximo
Licencia F sin actividadSe pierde tras 1 año

Ramas de la balística

RamaQué estudiaFactores e indicios
InteriorDel inicio del cartucho a la bocaCarga, recámara, cañón, presión
ExteriorDe la boca al blancoGravedad, aire, viento, giro
De efectos (terminal)Interacción con el blancoPenetración, deformación, energía
IdentificativaMarcas en proyectiles y vainasRasgos de clase e individualizantes

Mnemotecnias para memorizar el tema 42

Reglas para fijar los datos que más se preguntan. Márcalas como sabidas y repásalas en Mnemotecnias.

Las 9 categorías del art. 3 en una frase

«Con Rifles, Escopetas y Aire, Blancas Historias Vuelan Sin Utilidad» → 1 Cortas · 2 Rifles · 3 Escopetas · 4 Aire · 5 Blancas · 6 Históricas · 7 Varias · 8 Salvas · 9 inUtilizadas

Cada palabra empieza por la letra de una categoría, en orden. La 7.ª es el «cajón de sastre» (Varias). Ojo: la 3.ª también recoge el aire de más de 24,2 J y el .22 deportivo.

  • ▸1.ª pistolas y revólveres
  • ▸2.ª largas rayadas de caza mayor y de vigilancia
  • ▸3.ª .22 deportivo, escopetas, aire > 24,2 J
  • ▸4.ª aire comprimido no asimilado
  • ▸5.ª blancas
  • ▸6.ª antiguas, históricas, avancarga
  • ▸7.ª anestesia, ballestas, cabos, Flobert, arcos-pesca, alarma
  • ▸8.ª acústicas y salvas
  • ▸9.ª inutilizadas

La 7.ª categoría: «A-B-C… F-A-A»

Anestesia, Ballestas, Cabos, Flobert, Arcos (y pesca), Alarma → «el abecedario se salta hasta la F y acaba con dos A»

Los seis apartados van en ese orden: A-B-C, salto a la F (Flobert) y cierre con dos A (Arcos y Alarma). Las 7.ª 2 y 3 (ballestas y cabos) son asimiladas y van con licencia E.

  • ▸7.ª 1 inyección anestésica
  • ▸7.ª 2 ballestas
  • ▸7.ª 3 lanzacabos
  • ▸7.ª 4 Flobert
  • ▸7.ª 5 arcos, líneas de pesca, fusiles submarinos
  • ▸7.ª 6 alarma y señales, lanzabengalas

Licencias de la A a la F

«Agentes, Bolsillo, Custodia, Deer (ciervo), Escopeta, Federado»

A = Agentes de la autoridad y militares; B = la corta que cabe en el bolsillo del particular; C = Custodia (vigilantes); D = Deer, caza mayor con rifle; E = Escopetas (y 7.ª 2-3); F = Federados de tiro.

  • ▸A: FAS, FCS, SVA (vale como B, D y E)
  • ▸B: cortas de particulares
  • ▸C: vigilancia y seguridad
  • ▸D: larga rayada caza mayor
  • ▸E: 3.ª y 7.ª 2 y 3
  • ▸F: concurso de federados

Capacidades prohibidas del art. 5: «21-11 en el arma, 20-10 en el cargador»

Arma: cortas más de 21 / largas más de 11 (contando la de la recámara). Cargador suelto: cortas más de 20 / largas más de 10.

La diferencia de uno es la bala que ya está en la recámara: el arma cuenta esa bala, el cargador no. Si te acuerdas de 20-10, súmale una a cada cifra para el arma.

  • ▸corta semiautomática: > 21 cartuchos
  • ▸larga semiautomática: > 11 cartuchos
  • ▸cargador corta: > 20
  • ▸cargador larga: > 10

El 11 del filo

«Puñal, menos de once; navaja de bolsillo, más de once: las dos acaban en el calabozo»

El puñal está prohibido si su hoja es de menos de 11 cm, con dos filos y punta. La navaja no automática, si su hoja pasa de 11 cm. El número es el mismo; lo que cambia es el lado.

  • ▸puñal: hoja < 11 cm, dos filos, puntiaguda (art. 4)
  • ▸navaja no automática: hoja > 11 cm prohibida (art. 5.3)
  • ▸navaja automática: siempre prohibida

Corta = «30 de cañón o 60 en total»

«Treinta y sesenta, la corta se presenta»: el cañón o la longitud total, basta con una

60 es el doble de 30. Los 60 cm vuelven a salir en el art. 5.1.f: está prohibida el arma larga que, plegando la culata, se queda por debajo de 60 cm.

  • ▸cañón ≤ 30 cm
  • ▸o longitud total ≤ 60 cm
  • ▸larga = toda la que no es corta
  • ▸larga plegable < 60 cm: prohibida

Julios: «24,2 para el aire, 100 para Flobert»

«Aire de veinticuatro coma dos sube a tercera; Flobert nunca pasa de cien»

Un arma de aire comprimido con más de 24,2 J deja de ser 4.ª y pasa a la 3.ª 3 (asimilada, con licencia E). La Flobert tiene un tope de 100 J y es siempre de percusión anular.

  • ▸aire > 24,2 J → 3.ª 3
  • ▸aire no asimilado → 4.ª
  • ▸Flobert ≤ 100 J, percusión anular, 7.ª 4

1890, la frontera de lo antiguo

«Antes del 90 del XIX, el arma ya es abuela»

Arma antigua = modelo o año de fabricación anterior al 1 de enero de 1890. Está en la 6.ª 2, salvo que sea capaz de disparar munición de guerra o prohibida.

  • ▸antigua: anterior al 1-1-1890
  • ▸6.ª categoría, 2
  • ▸excepción: si dispara munición de guerra o prohibida
  • ▸antigüedad: la fija Defensa

Cuántas armas ampara cada licencia

«B = 1, D = 5, E = 6+6 hasta 12, F = 1-6-10»

Van de menos a más: la B, la más restrictiva, solo una; la D, una mano (5); la E, media docena de cada tipo hasta la docena; la F según la clase del tirador (3.ª, 2.ª, 1.ª). Todas duran 5 años.

  • ▸B: 1 arma, 1 licencia por persona
  • ▸D: hasta 5 armas 2.ª 2
  • ▸E: 6 escopetas o 6 rifles deportivos, máximo 12
  • ▸F: 3.ª clase 1, 2.ª clase 6, 1.ª clase 10
  • ▸todas: 5 años

Licencia A del policía: «Básica, una; mandos, tres»

«La Escala Básica lleva una; Subinspección, Ejecutiva y Superior, tres», sin contar el arma de dotación

Son armas cortas particulares. Como el carné profesional ya es la licencia A, el policía no necesita otro documento personal; lo que sí necesita es una guía (C.N.P.) para cada arma.

  • ▸Escala Básica CNP: 1 corta
  • ▸Superior, Ejecutiva, Subinspección: 3 cortas
  • ▸carné profesional = licencia A
  • ▸guía de pertenencia expedida por la DGP, marca C.N.P.

Tarjeta municipal de armas: «el Alcalde reparte A y B»

«A: seis, cinco y catorce. B: sin límite y para siempre»

Tarjeta A (4.ª 1): 6 armas, 5 años, desde los 14 años. Tarjeta B (4.ª 2): todas las que quieras, sin caducidad. Solo vale en el término municipal del Alcalde que la expide.

  • ▸concede: Alcalde
  • ▸validez: término municipal
  • ▸A: 6 armas, 5 años, 14 años
  • ▸B: ilimitadas, permanente

Quién lleva guía: «todas menos Aire, Blanca e Inútil»

Guía para 1.ª, 2.ª, 3.ª, 6.ª, 7.ª 1-4 y 8.ª → «se libran la 4 (aire), la 5 (blanca), la 9 (inútil) y el final de la 7»

Es más fácil recordar las excepciones: la 4.ª va con tarjeta, la 5.ª 1 es libre para mayores de edad, la 9.ª lleva certificado de inutilización y la 7.ª 5-6 (arcos-pesca y alarma) no aparece en el art. 88.

  • ▸con guía: 1.ª, 2.ª, 3.ª, 6.ª, 7.ª 1-4, 8.ª
  • ▸4.ª: tarjeta
  • ▸9.ª: certificado de inutilización

Revista de armas: «cada lustro; abril los agentes, mayo los vigilantes»

«En abril, aguas mil y revista policial; en mayo, la del vigilante» · cada 5 años · dos faltas seguidas = sin guía

El personal con licencia A pasa revista en abril y los titulares de licencia C, en mayo (por orden alfabético, A antes que C). Los demás, en el mes en que renuevan. Faltar a dos revistas seguidas anula la guía.

  • ▸periodicidad: 5 años
  • ▸licencia A: abril
  • ▸licencia C: mayo
  • ▸dos revistas consecutivas sin pasar → anulación y retirada de la guía

Plazos de la transmisión: «15 días de préstamo, 6 meses para depositar, 1 año de espera»

«Quince, seis y uno»: préstamo de caza → herencia: depósito → herencia: espera

Préstamo de un arma de caza: 15 días como máximo y solo para cazar. Muerte del titular: los herederos depositan las armas en 6 meses como máximo y estas quedan 1 año a su disposición.

  • ▸préstamo de caza: 15 días máximo
  • ▸depósito tras fallecimiento: 6 meses
  • ▸a disposición de herederos: 1 año

Componentes del cartucho: «VA PEPE CON PRISA»

VAina · PistÓn · Carga de proyección · Proyectil

Va (vaina) Pepe (pistón) Con (carga) Prisa (proyectil): es el orden de dentro hacia fuera del disparo. La vaina lo reúne todo, el pistón enciende, la carga empuja y el proyectil sale. En la escopeta se añaden taco y opérculo.

  • ▸vaina
  • ▸pistón o cápsula iniciadora
  • ▸carga de proyección
  • ▸proyectil
  • ▸escopeta: + taco, opérculo, perdigones/postas

Las cuatro balísticas: «Dentro, Vuelo, Golpe y Huella»

Interior = Dentro · Exterior = Vuelo · Efectos = Golpe · Identificativa = Huella

Sigue al proyectil en su viaje: nace dentro del cañón, vuela, golpea el blanco y, al final, el perito lee la huella que el arma dejó en la bala y en la vaina.

  • ▸interior: del pistón a la boca
  • ▸exterior: de la boca al blanco
  • ▸efectos/terminal: en el blanco
  • ▸identificativa: marcas en proyectiles y vainas

Automática, semiautomática y repetición: «Mantén, Pulsa, Mueve»

Automática = Mantén el dedo · Semiautomática = Pulsa cada vez · Repetición = Mueve tú el mecanismo

Las dos primeras se recargan solas; la diferencia está en el disparador. En la de repetición, el que recarga es el tirador. La automática es arma de guerra.

  • ▸automática: varios disparos con el disparador apretado
  • ▸semiautomática: un disparo por cada accionamiento
  • ▸repetición: recarga manual desde el depósito

Arma de guerra: «del 20 para arriba»

«Calibre de veinte o más, a la guerra irás»

Las armas de calibre de 20 mm o superior son de guerra siempre. Por debajo, solo si Defensa lo decide. Las automáticas son de guerra sea cual sea su calibre.

  • ▸calibre ≥ 20 mm
  • ▸< 20 mm si Defensa lo declara
  • ▸automáticas
  • ▸dotación de las FCS: lo decide el Gobierno (Defensa + Interior)

Turistas armados: «3-3-2 para cazar, 6 y 15 para competir»

No residentes en la UE · caza: 3 armas, 3 meses, 2 prórrogas · concurso: 6 armas, solicitud 15 días antes

Para cazar, todo va de tres en tres (armas y meses) más dos prórrogas. Para competir, el doble de armas (6), y el organizador lo pide con dos semanas largas de antelación.

  • ▸caza: máximo 3 armas
  • ▸validez: 3 meses
  • ▸hasta 2 prórrogas de 3 meses
  • ▸concurso: máximo 6 armas
  • ▸solicitud: 15 días antes

Tarjeta Europea: «cinco años, intransferible y siempre en el bolsillo»

«La europea, cinco y conmigo» · la expide la DG de la Guardia Civil

Dura como el resto de licencias (5 años, prorrogable mientras se sigan teniendo las armas). Es personal y hay que llevarla siempre encima. No se debe confundir con la tarjeta municipal de la 4.ª.

  • ▸expide: DG Guardia Civil
  • ▸máximo 5 años, prorrogable
  • ▸intransferible
  • ▸siempre consigo
  • ▸no exime de autorizaciones del Estado de destino

Trampas de examen

  • Automática ≠ semiautomática. Las dos se recargan solas; lo que cambia es el disparador: en la automática sigue disparando mientras lo mantienes apretado, en la semiautomática hace falta soltarlo y volver a apretar. Si el enunciado dice «un disparo cada vez que se acciona», es semiautomática.
  • Réplica ≠ reproducción. La réplica o imitación solo se parece por fuera y no puede convertirse en arma; la reproducción es una copia que dispara como la original.
  • Art. 4 ≠ art. 5. En el 4 la prohibición es total y solo se salvan museos y coleccionistas (por ejemplo, puñales, culatines o llaves de pugilato). En el 5 el arma está prohibida «salvo para funcionarios especialmente habilitados» (tonfas, defensas eléctricas, silenciadores, punta hueca). Las tonfas no aparecen en el art. 4.
  • 21/11 frente a 20/10: para el ARMA se cuenta el cartucho de la recámara (más de 21 en cortas y más de 11 en largas); para el CARGADOR suelto, más de 20 y más de 10.
  • Las armas de alarma y señales (7.ª 6) no son lo mismo que las acústicas y de salvas (8.ª). Las primeras nunca fueron armas de fuego y no se pueden transformar; las segundas son armas de fuego modificadas para disparar fogueo.
  • Licencia B: la concede la Dirección General de la Guardia Civil, no el Jefe de la Comandancia (que es quien concede la C, la D y la E). Y querer defenderse no basta por sí solo para obtenerla.
  • Licencia frente a guía: la licencia habilita a la PERSONA y puede cubrir varias armas; la guía de pertenencia identifica cada ARMA y la acompaña siempre cuando se usa, se deposita o se transporta.
  • Guía de lanzacabos frente a licencia de lanzacabos: la guía la expiden las Comandancias de la Guardia Civil con informe de las Comandancias de Marina; la licencia, los Gobernadores civiles con informe de los Comandantes de Marina.
  • Tarjeta de armas (4.ª, la da el Alcalde y solo vale en el municipio) frente a Tarjeta Europea (la da la DG de la Guardia Civil y sirve para viajar por la UE). Ninguna de las dos sustituye a una licencia.
  • Licencia C: solo vale mientras su titular está de servicio y deja de valer automáticamente cuando cesa en el puesto. Un vigilante fuera de servicio no puede llevar el arma.
  • Calibre de escopeta: el número va al revés que el tamaño. Un 12 es más grueso que un 20, porque hacen falta menos bolas de plomo de su diámetro para completar una libra.
  • Que no haya residuos de disparo en las manos NO demuestra que alguien no haya disparado: se pierden con el tiempo, el lavado o la actividad.

Preguntas resueltas del tema 42

Una muestra del banco. Hay 472 preguntas de este tema, cada una con su explicación y su artículo.

1. Según el Reglamento de Armas, toda arma portátil que tenga cañón y que lance, esté concebida para lanzar o pueda transformarse fácilmente para lanzar un perdigón, una bala o un proyectil por la acción de un combustible propulsor, es:

  • a) Un arma de fuego.
  • b) Un arma asimilada a arma de fuego.
  • c) Un arma de aire u otro gas comprimido.
Ver solución

Respuesta: a) Es la definición literal de arma de fuego del art. 2.12. El arma asimilada es la que tiene el mismo régimen por su peligrosidad y la de gas comprimido usa la expansión de un gas, no un combustible propulsor. (art. 2.12 RD 137/1993)

2. El arma de fuego en la que la carga de proyección y el proyectil se introducen por la boca del cañón o, en su caso, por la boca de la recámara del tambor, se denomina:

  • a) Arma de avancarga.
  • b) Arma de retrocarga.
  • c) Arma basculante.
Ver solución

Respuesta: a) Art. 2.11. Su carga de proyección es de pólvora negra o sustancia similar. En la retrocarga se carga por la recámara. (art. 2.11 RD 137/1993)

3. En un cañón rayado se distinguen:

  • a) Campos y fondos.
  • b) Vainas y pistones.
  • c) Tacos y opérculos.
Ver solución

Respuesta: a) Las estrías del ánima forman campos y fondos. Taco y opérculo son elementos del cartucho de escopeta.

4. ¿Qué avance permitió mayores velocidades del proyectil y menos residuos en la evolución de las armas de fuego?

  • a) El mecanismo de rueda.
  • b) La pólvora sin humo.
  • c) La avancarga.
Ver solución

Respuesta: b) Más velocidad y menos suciedad: esa fue la aportación de la pólvora sin humo frente a la negra.

5. Las armas de fuego largas rayadas para tipo deportivo, de calibre 5,6 milímetros (.22 americano), de percusión anular, se encuadran en la:

  • a) 2.ª categoría.
  • b) 7.ª categoría.
  • c) 3.ª categoría.
Ver solución

Respuesta: c) Art. 3, 3.ª categoría, 1, sean de un disparo, de repetición o semiautomáticas. (art. 3 RD 137/1993)

Hacer el test completo del tema 42

Normativa de este tema

  • Real Decreto 137/1993, de 29 de enero · texto consolidado del Código BOE «Normativa para ingreso en la Policía Nacional» (ed. 23-09-2026)

Cada pregunta se verifica automáticamente contra el texto de su fuente antes de publicarse. ¿Ves un error? Repórtalo desde la propia pregunta: lo revisamos.