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Ciencias Jurídicas · Tema 8 de 45

Tema 8. Dirección General de la Policía y régimen de la Policía Nacional

Epígrafe oficial (Anexo I, BOE-A-2026-15055)La Dirección General de la Policía. Estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y territoriales de la Policía Nacional. La Policía Nacional: funciones, escalas y categorías; sistemas de acceso; régimen disciplinario y situaciones administrativas.
Test del tema Modo examen Supuestos prácticos
Cae de media 12.0 preguntas de 100 en los últimos exámenes

Lo imprescindible

  • ★Es el tema que más cae: la Orden INT/859/2023 se pregunta unidad por unidad («¿de quién depende…?»). Domina el árbol DG → DAO, SG de Recursos Humanos y Formación, SG de Logística e Innovación y Gabinete Técnico (todos con nivel de subdirección general) + División de Cooperación Internacional colgando directamente del Director General.
  • ★De la DAO dependen las cinco Comisarías Generales (Información, Policía Judicial, Seguridad Ciudadana, Extranjería y Fronteras y Policía Científica), la DOTD, la UPEC, el GEO (Guadalajara), Asuntos Internos y la Brigada Operativa de Apoyo. En cada Comisaría General sustituye al titular el Jefe Central de Operaciones (UCCOT).
  • ★LO 9/2015: 4 escalas y 7 categorías (Superior: Comisario Principal y Comisario; Ejecutiva: Inspector Jefe e Inspector; Subinspección: Subinspector; Básica: Oficial y Policía); funciones dirección-mando-supervisión-ejecución; subgrupos A1-A1-A2-C1.
  • ★Situaciones administrativas: servicio activo, servicios especiales, servicio en otras AAPP, excedencia (5 modalidades), suspensión de funciones y segunda actividad (64-62-60-58 años o 25 de servicio). Aprende qué computa, qué reserva puesto y desde cuál se puede ascender.
  • ★LO 4/2010: faltas muy graves, graves y leves; sanciones (traslado forzoso solo por muy grave); competencia Ministro-SES-DG; prescripción 3 años-2 años-1 mes para faltas y sanciones; cancelación 3 años-1 año-6 meses.
  • ★Acceso (RD 853/2022 y Orden INT/632/2024): ingreso por oposición libre en Policía e Inspector; promoción interna por concurso-oposición y antigüedad selectiva (60/40, salvo Oficial 40/60; Inspector 40 % libre y 60 % promoción).

Lección

1. La Dirección General de la Policía: funciones y órganos (RD 207/2024)

La Dirección General de la Policía (DGP) es el órgano del Ministerio del Interior encargado de la ordenación, dirección, coordinación y ejecución de las misiones de la Policía Nacional, según las directrices del titular del Departamento. Su titular aplica el régimen disciplinario, vigila las conductas contrarias a la ética profesional y propone la adquisición de medios materiales dentro de la programación aprobada por la Secretaría de Estado de Seguridad.

El RD 207/2024 fija los grandes órganos: la Dirección Adjunta Operativa (DAO) con nivel de subdirección general, las Subdirecciones Generales de Recursos Humanos y Formación y de Logística e Innovación, el Gabinete Técnico y la División de Cooperación Internacional (nivel que fije la RPT).

Las funciones operativas en el nivel central se reparten entre cinco Comisarías Generales: Información (información y antiterrorismo), Policía Judicial (investigación de delitos, incluidos los monetarios con el Banco de España), Seguridad Ciudadana (prevención, orden público, protección de altas personalidades), Extranjería y Fronteras (régimen policial de extranjería, asilo, fronteras) y Policía Científica (criminalística, identificación, analítica).

La Orden INT/859/2023 desarrolla esta estructura y divide la DGP en dos niveles: organización central y organización territorial. Derogó la Orden INT/28/2013 y entró en vigor el día siguiente a su publicación.

art. 3 RD 207/2024 · Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero art. 1 Orden INT/859/2023 · Orden INT/859/2023, de 21 de julio

2. Organización central: Dirección General y División de Cooperación Internacional

Forman la organización central, con nivel de subdirección general: 1.º la DAO, 2.º la SG de Recursos Humanos y Formación, 3.º la SG de Logística e Innovación y 4.º el Gabinete Técnico. También forman parte la División de Cooperación Internacional (dependiente directamente del DG), las Comisarías Generales (de la DAO) y las demás Divisiones.

Del Director General dependen la Oficina de Despacho (asistencia en la función directiva) y la Oficina de Comunicación (medios y redes sociales oficiales; de ella dependen funcionalmente las oficinas de comunicación territoriales). Al DG le suple el DAO.

División de Cooperación Internacional: Secretaría General (con el Centro de Comunicaciones Internacionales adscrito; su titular suple al jefe de la División), Unidad de Coordinación Internacional (cooperación bilateral y multilateral, grupos de trabajo UE, misiones en terceros países), OCN de Interpol (único interlocutor con la Secretaría General de Interpol; extradiciones y traslado de condenados), Unidad Nacional de Europol (enlace con la Agencia) y Oficina Sirene (SIS, entregas por Orden Europea de Detención y Entrega, coordinación funcional de Comisarías Conjuntas y Centros de Cooperación, punto de contacto Prüm para ADN y huellas post-hit).

art. 2 Orden INT/859/2023 · Orden INT/859/2023, de 21 de julio art. 3 Orden INT/859/2023 · Orden INT/859/2023, de 21 de julio

3. La Dirección Adjunta Operativa y las Comisarías Generales

DAO: la suplen, por este orden, los titulares de la SG de Recursos Humanos y Formación, de la SG de Logística e Innovación y del Gabinete Técnico. Tiene una Secretaría General y de ella dependen: la División de Operaciones y Transformación Digital (DOTD), la Unidad de Planificación Estratégica y Coordinación (UPEC), el GEO (sede en Guadalajara), la Unidad de Asuntos Internos y la Brigada Operativa de Apoyo, además de las cinco Comisarías Generales.

DOTD: Secretaría General, Área de Coordinación Operativa, Jefatura de Sistemas Especiales (equipos técnicos de investigación), Unidad Aérea (Área de Medios Aéreos y Área de Seguridad y Protección Aérea, policía de aviación civil), Unidad Central de Apoyo Tecnológico (ciberseguridad, observatorio tecnológico; Áreas de Transformación Digital y de Desarrollo Tecnológico), las Comisarías Especiales (Casa Real; Presidencia; Congreso-Defensor del Pueblo-Tribunal de Cuentas; Senado; Tribunal Constitucional; CGPJ-Tribunal Supremo-Audiencia Nacional) y, orgánicamente, las Unidades Adscritas a las CCAA.

UPEC: Área de Seguimiento, Inteligencia y Coordinación (estadística de criminalidad, inteligencia, Servicios Extraordinarios), Área de Planificación y Prospectiva (Plan Estratégico) y Centro Nacional de Comunicaciones.

En cada Comisaría General (salvo Información, cuya estructura se fija por Orden Comunicada por ser materia clasificada) existe una Unidad Central de Coordinación Operativa y Técnica, cuyo jefe (Jefe Central de Operaciones) sustituye al Comisario General; de ella dependen una Brigada de Coordinación Operativa y la Secretaría General. Cada Comisaría General tiene además un Gabinete.

Policía Judicial: UDYCO (Estupefacientes; Crimen Organizado con los GRECO; Unidad adscrita a la Fiscalía General), UDEV (Delincuencia Especializada; Delitos contra las Personas, incluidas desapariciones de mayores de edad; juego, patrimonio histórico, dopaje), UCIC (inteligencia criminal), UDEF (Delincuencia Económica y Fiscal; Blanqueo y Anticorrupción; Inteligencia Financiera; Banco de España —moneda falsa—; Unidad adscrita a la Fiscalía Anticorrupción), Ciberdelincuencia (Investigación Tecnológica, Seguridad Informática —Convenio de Budapest— y Fraudes Informáticos; Centro E-Crime) y UFAM (violencia de género, doméstica y sexual; referente en menores).

Seguridad Ciudadana: Brigada de Coordinación Operativa (Oficina Nacional de Deportes y Oficina Central de Asuntos Taurinos), JUIP (orden público; coordina las UIP), Unidad Central de Protección (Escoltas; Protecciones Especiales: delegaciones extranjeras, testigos protegidos, obras de arte), Jefatura de Unidades Especiales (Caballería, Guías Caninos, Subsuelo y Protección Ambiental, Brigada Móvil-Policía en el Transporte y UPR), Seguridad Privada (Autoridad Nacional de Control; Inspección e Investigación; Empresas y Personal) y Participación Ciudadana (delitos de odio).

Extranjería y Fronteras: Secretaría General (Registro Central de Extranjeros y Registro de MENA), UCRIF (Trata de Seres Humanos; Investigación de Redes, punto nacional FADO; Acción Exterior), Unidad Central de Fronteras (Unidad Nacional SEIAV, autoridad SES; de ella depende la BRIC), Unidad Central de Repatriaciones (expulsiones, devoluciones, CIE y CATE, vuelos conjuntos) y CENIF (inteligencia; Brigada de Coordinación FRONTEX).

Policía Científica: Unidades Centrales de Identificación (lofoscopia, facial, necroidentificación; víctimas múltiples), Criminalística (falsificación documental, grafoscopia, balística, trazas, acústica), Análisis Científicos (ADN, química, toxicología), Investigación en la Escena del Delito (inspección ocular, fotografía) y Tecnología y Relaciones Internacionales (ingeniería e informática forense, calidad).

art. 4 Orden INT/859/2023 · Orden INT/859/2023, de 21 de julio

4. Subdirecciones Generales de Recursos Humanos y Formación y de Logística e Innovación

SG de Recursos Humanos y Formación: la suplen los titulares de la SG de Logística e Innovación y del Gabinete Técnico. Su Secretaría General agrupa el Área de Coordinación Jurídica y Reclamaciones, el Área de Asistencia Letrada (defensa legal del funcionario), la Secretaría del Consejo de Policía y la de la Comisión de Seguridad y Salud Laboral Policial. Tiene además la Unidad de Planificación de RR. HH. y la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales y Protección Socio-Sanitaria (absentismo, Programa de Acción Social). De ella dependen la División de Personal y la División de Formación y Perfeccionamiento (ambas con nivel de subdirección general).

División de Personal: Secretaría General (Tribunal Médico, Oficina del Policía; Áreas de Retribuciones, Asuntos Jurídicos y Personal no Policial), Unidad de Gestión de Personal Policial (Catálogo; Áreas de Concursos y Baremación, de Documentación y Expediente Personal —situaciones administrativas— y de Puestos de Trabajo) y Unidad de Régimen Disciplinario (con el Área de Coordinación de Régimen Disciplinario).

División de Formación y Perfeccionamiento: Secretaría General (Planificación y Psicopedagogía; Innovación Formativa, campus virtual), Escuela Nacional de Policía (Ávila; segunda categoría de las Escalas Ejecutiva y Básica; sede de IBERPOL), Centro de Altos Estudios Policiales (Escala Superior y primera categoría de la Ejecutiva; cursos de antigüedad selectiva; Instituto de Estudios de la Policía), Centro de Actualización y Especialización (Madrid, Ávila y Linares; idiomas; Centro de Prácticas Operativas en Linares) y Unidad de Procesos Selectivos.

SG de Logística e Innovación: la suplen los titulares de la SG de Recursos Humanos y Formación y del Gabinete Técnico. Su Secretaría General lleva el régimen interior del complejo de Canillas, el Servicio de Planificación y Fondos Europeos y el de Innovación y Desarrollo. Tiene la Unidad de Informática y Telecomunicación (Área de Telecomunicación —incluida la inhibición de drones— y Área de Informática; CPD en El Escorial) y de ella dependen la División Económica y Técnica (Secretaría General con la imprenta; Unidad Económica; Unidad Técnica con Infraestructuras, Automoción —Autoescuela— y Armamento y Equipamiento, que gestiona el Plan Nacional de Tiro) y la División de Documentación (Área de Documentación de Españoles y Extranjeros y Área de Tratamiento Documental y Archivo).

art. 10 Orden INT/859/2023 · Orden INT/859/2023, de 21 de julio art. 12 Orden INT/859/2023 · Orden INT/859/2023, de 21 de julio

5. Gabinete Técnico y órganos colegiados

Gabinete Técnico: le suplen, por este orden, los titulares de las SG de Recursos Humanos y Formación y de Logística e Innovación. Su Secretaría General dirige la Orden General de la DGP y de ella dependen el Servicio de Relaciones Institucionales (preguntas parlamentarias, Defensor del Pueblo, transparencia) y el de Asuntos Generales (Oficina de Traducción e Interpretación y OAMR). Tiene además el Área de Publicaciones (Fundación Policía Española), el Área Jurídica (con la Oficina Central Nacional de Protección de Datos y el Delegado de Protección de Datos), el Área de Derechos Humanos e Igualdad y el Área de Coordinación Institucional e Identidad Corporativa (Servicio de Protocolo con la Banda de Música y Oficina de Marca).

Junta de Gobierno: asiste al DG en el Plan Estratégico, proyectos y programas, indicadores, asignación de recursos, criterios de selección, formación y promoción, estímulos, recompensas y sanciones, y deontología. La preside el DG, la vicepresidencia es del DAO, la integran los titulares de las SG, Gabinete Técnico, Comisarías Generales y Divisiones y actúa como secretario el jefe de la División de Personal. Otros asistentes, con voz pero sin voto.

Consejo Asesor: órgano colegiado permanente presidido por el DG, que asesora en asuntos complejos o trascendentes; sus vocales los designa el DG entre policías de reconocido prestigio, y su secretaría está en el Gabinete Técnico. Los órganos colegiados se rigen supletoriamente por la Ley 40/2015.

art. 17 Orden INT/859/2023 · Orden INT/859/2023, de 21 de julio

6. Organización territorial

La integran las Jefaturas Superiores, las Comisarías Provinciales, Locales, Zonales y de Distrito, las Comisarías Conjuntas, los Centros de Cooperación Policial y Aduanera y de Cooperación Policial, los Puestos Fronterizos y las Unidades de Extranjería y de Documentación.

Jefaturas Superiores (20, anexo I): órganos de mando, gestión, coordinación e inspección. Tienen una Unidad de Coordinación Operativa Territorial (su Jefe Regional de Operaciones suple al Jefe Superior), un Gabinete y una Secretaría General (que gestiona la expedición de documentación). En las pluriprovinciales pueden crearse brigadas regionales.

Comisarías Provinciales: una por provincia, en la capital; en la provincia sede de la Jefatura Superior, el DG puede decidir que el Jefe Superior asuma la Comisaría Provincial. Pueden tener Unidad de Coordinación Operativa Provincial (su Jefe Provincial de Operaciones suple al comisario), tantas Unidades Territoriales Operativas como Comisarías Generales y Secretaría General. Sin UCOP, suple al comisario el titular de la UTO de mayor categoría.

Comisarías Zonales: cuando la delincuencia lo aconseje, según el catálogo. Locales: en las 126 poblaciones del anexo II. De Distrito: unidades básicas en las grandes urbes (anexo III, modificable por resolución del DG). Comisarías Conjuntas y CCPA con Portugal y Francia y CCP con Marruecos (Algeciras y Tánger). Puestos Fronterizos: terrestres (Ceuta, Melilla, La Seo d'Urgell y La Línea), aéreos y marítimos.

Unidades de Extranjería: dependencia funcional de la CGEF y orgánica de la Brigada Provincial o Local de Extranjería. Unidades de Documentación: funcional de la División de Documentación y orgánica de la secretaría general de su plantilla. Todas las unidades territoriales dependen funcionalmente de los órganos centrales de su área, sin perjuicio de la jefatura de los Delegados y Subdelegados del Gobierno.

art. 19 Orden INT/859/2023 · Orden INT/859/2023, de 21 de julio art. 23 Orden INT/859/2023 · Orden INT/859/2023, de 21 de julio

7. Policía Nacional: naturaleza, funciones, escalas y categorías

La LO 9/2015, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, define el Cuerpo como instituto armado de naturaleza civil, con estructura jerarquizada, para proteger el libre ejercicio de derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana en todo el territorio. Mando superior: Ministro del Interior a través del SES; mando directo: Director General, bajo la autoridad del SES. Sus miembros se llaman genéricamente Policías Nacionales; derecho supletorio: legislación de funcionarios civiles de la AGE.

La condición de funcionario se adquiere sucesivamente por: superación del proceso selectivo, nombramiento, acatamiento de la Constitución y toma de posesión. Se pierde por jubilación (forzosa a los 65, salvo el DAO mientras ostente el cargo), renuncia (aceptada en máximo 3 meses), pérdida de nacionalidad, separación del servicio firme e inhabilitación firme.

Escalas y categorías: Superior (Comisario Principal y Comisario), Ejecutiva (Inspector Jefe e Inspector), Subinspección (Subinspector) y Básica (Oficial de Policía y Policía). Subgrupos: Superior y Ejecutiva A1, Subinspección A2, Básica C1. Facultativos (A1) y técnicos (A2) auxilian a la función policial.

Funciones por escala: Superior, dirección; Ejecutiva, mando; Subinspección, supervisión; Básica, ejecución material. Pueden asignarse funciones distintas del puesto si son adecuadas a la escala o categoría, sin merma retributiva y por el tiempo mínimo imprescindible.

Especialidades en nueve áreas (dirección y coordinación, información, policía judicial, seguridad ciudadana, extranjería y fronteras, policía científica, documentación, cooperación internacional y gestión y apoyo), con curso de especialización obligatorio. Distintivos: carné profesional y placa emblema. La plantilla la fija el Consejo de Ministros cada cinco años; los puestos de subdirector general y de Jefe Superior se cubren entre Comisarios Principales por libre designación (nombra el Ministro).

art. 2 LO 9/2015 · Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional art. 18 LO 9/2015 · Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional

8. Sistemas de acceso: ingreso y promoción interna

Ingreso: por oposición libre a las categorías de Policía e Inspector, con los principios de igualdad, mérito y capacidad y los de publicidad, transparencia, objetividad, imparcialidad, independencia de los tribunales y adecuación. Requisitos: nacionalidad española, 18 años sin superar la edad de jubilación (no hay edad máxima de ingreso), no estar condenado por delito doloso ni separado o inhabilitado, no incurrir en exclusiones médicas, no consumir drogas, compromiso de portar armas, permiso de conducir y título de bachiller (Policía) o grado (Inspector), más un idioma (nivel A2 para Policía). Se exigen antes del fin del plazo de solicitudes y durante todo el proceso.

Tribunales: los designa el DG; siete funcionarios de carrera (válidos con cinco), al menos cuatro policías en activo, presidencia de un policía en activo con igual o superior categoría. No pueden serlo el personal de elección, interino o eventual ni quien haya preparado aspirantes en los cinco años anteriores.

Policía (Orden INT/632/2024): oposición con pruebas eliminatorias de aptitud física, reconocimiento médico, psicotécnicos, entrevista y conocimientos; nota final = conocimientos + aptitud física (+ méritos e idiomas: B1 0,5; B2 1; C1 1,5; C2 2). Después, curso de 6 a 12 meses (Policías alumnos, nombrados por el DG) y módulo de prácticas de 9 a 12 meses (Policías en prácticas). Nombra Policía el Secretario de Estado de Seguridad. Hasta el 20 % de plazas de la Escala Básica para militares de tropa y marinería con cinco años de servicio.

Promoción interna: desde servicio activo, servicios especiales o excedencias por cuidado de familiares, agrupación familiar o violencia de género; por concurso-oposición (concurso, oposición y formación; convocatorias ilimitadas) y antigüedad selectiva (calificación previa, aptitud, entrevista y formación; primer tercio del escalafón; máximo tres convocatorias). Reparto 60 % AS / 40 % CO, salvo Oficial (40/60); a Inspector, 40 % libre / 60 % promoción. Tiempos mínimos en concurso-oposición: Oficial 2 años, Subinspector 3, Inspector 3, Inspector Jefe 5 (7 si procede de oposición libre), Comisario 6 y Comisario Principal 7. Excluye tener anotada sin cancelar una falta grave o muy grave. Asciende el DG.

art. 25 LO 9/2015 · Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional art. 14 RD 853/2022 · Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre art. 20 Orden INT/632/2024 · Orden INT/632/2024, de 20 de junio

9. Situaciones administrativas

Son seis: servicio activo, servicios especiales, servicio en otras administraciones públicas, excedencia, suspensión de funciones y segunda actividad. El reingreso desde situaciones sin reserva de puesto exige no estar separado ni inhabilitado ni con antecedentes por delito doloso (esto, en todo reingreso), aptitud psicofísica y un curso de actualización no selectivo.

Servicios especiales: miembros del Gobierno, altos cargos, Diputados y Senadores, parlamentarios autonómicos, cargos electivos locales, adscritos al TC o al Defensor del Pueblo, CGPJ, personal eventual de confianza (en el Ministerio del Interior pueden optar por seguir en activo), etc. Cobran del cargo (más trienios), computa todo y pueden ascender.

Excedencias: a) interés particular (5 años previos de servicio; mínimo 1 año; no con expediente disciplinario; no cobra, no computa, no asciende); b) agrupación familiar (sin servicios previos; mínimo 1 año; no computa pero sí asciende); c) cuidado de familiares (hasta 3 años por hijo o familiar hasta 2.º grado; computa; reserva del puesto 2 años y luego puesto en la localidad); d) violencia de género (sin mínimos; reserva 6 meses prorrogables por 3 hasta 18; 2 meses con retribuciones íntegras); e) prestación de servicio en el sector público.

Suspensión de funciones: firme (por sentencia o sanción firme; si supera 6 meses pierde el puesto; no computa) o provisional (por expediente por falta grave o muy grave o por causa penal; máximo 3 meses en graves y 6 en muy graves si no hay proceso penal; cobra el 100 % de las básicas; si no se declara firme, computa como servicio activo).

Segunda actividad: no la tienen facultativos ni técnicos; se conserva la categoría y no se ocupa destino; el policía queda a disposición del Ministro del Interior. Causas: insuficiencia psicofísica (tribunal médico), edad (Superior 64, Ejecutiva 62, Subinspección 60, Básica 58) o 25 años de servicios (cupos fijados antes del 31 de diciembre). Cobra básicas + 80 % de complementarias generales (100 % si es por acto de servicio); computa para trienios y derechos pasivos; resuelve el DG; régimen disciplinario general de la función pública.

art. 52 LO 9/2015 · Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional art. 69 LO 9/2015 · Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional

10. Régimen disciplinario: ámbito y faltas

La LO 4/2010 se aplica a los policías en servicio activo y en segunda actividad con destino; los de segunda actividad sin destino van al régimen general de la función pública; los funcionarios en prácticas, al reglamento del centro docente (y la LO 4/2010 como supletoria). Supletorias: normas disciplinarias de la AGE.

Hay que comunicar por escrito al superior las faltas graves y muy graves conocidas (si el infractor es el superior, al superior de este). El inductor responde como el autor; el encubridor y el superior que tolera cometen falta de inferior grado.

Muy graves (art. 7): infidelidad a la Constitución; condena firme por delito doloso relacionado con el servicio o que cause grave daño; abuso de atribuciones con grave daño; tratos inhumanos o vejatorios a custodiados; insubordinación; abandono de servicio; secretos oficiales; secreto profesional con perjuicio; incompatibilidad efectiva; huelga o acciones concertadas; falta de colaboración con grave perjuicio; embriaguez o drogas en servicio; negativa a pruebas de alcohol o drogas; discriminación; acoso sexual y laboral; obstaculizar gravemente libertades y derechos sindicales; infracciones muy graves de videocámaras.

Graves (art. 8): grave desconsideración; desobediencia; no dar cuenta de asuntos urgentes; no presentarse en estados de excepción, sitio o alarma; tercera falta de asistencia en 3 meses con dos leves sancionadas; fingir enfermedad; falta de rendimiento reiterada; abuso de atribuciones sin grave daño; informes tendenciosos; no abstenerse; no llevar uniforme, distintivos, arma o medios de protección; exhibir armas; extravío del arma por negligencia inexcusable; acudir de uniforme a manifestaciones; embriaguez o drogas fuera de servicio habitual (3 episodios en un año) o que dañe la imagen; tenencia de drogas; uso de medios policiales para fines privados; secreto profesional sin perjuicio; no auxiliar con urgencia; riesgos laborales graves; condena por delito doloso no muy grave, etc.

Leves (art. 9): retraso o negligencia; incorrección; inasistencia y faltas de puntualidad repetidas en 30 días; descuido del material; extravío por simple negligencia; exhibir distintivos sin causa; prescindir del conducto reglamentario (salvo representantes sindicales); descuido del aseo y de la uniformidad; omitir o no devolver el saludo; juego en dependencias que perjudique el servicio; ostentar condecoraciones no autorizadas; condena por falta dolosa con daño a la Administración. Las muy graves pueden degradarse a graves y las graves a leves por los criterios del art. 12.

art. 2 LO 4/2010 · Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. art. 6 LO 4/2010 · Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.

11. Sanciones, competencia, extinción, prescripción y cancelación

Sanciones: por muy graves, separación del servicio, suspensión de 3 meses y 1 día a 6 años y traslado forzoso (sin poder volver a la plantilla de 1 a 3 años); por graves, suspensión de 5 días a 3 meses; por leves, suspensión de 1 a 4 días (sin pérdida de antigüedad) o apercibimiento.

Graduación (art. 12): intencionalidad, reincidencia (sanción firme previa por falta más grave o dos de igual o menor gravedad no canceladas), historial profesional (solo atenuante), incidencia en la seguridad ciudadana, perturbación del servicio, afectación a la disciplina y, en condenas, entidad de la pena.

Competencia: separación, Ministro del Interior; suspensión de más de 3 años y traslado forzoso, Secretario de Estado de Seguridad; suspensión hasta 3 años por muy graves y todas las graves, Director General; leves, Delegados del Gobierno, jefes de órganos centrales hasta subdirector general, Jefes Superiores, comisarios provinciales y locales y jefes de unidades adscritas a CCAA. Quien puede lo más puede lo menos.

Extinción: cumplimiento, muerte, prescripción de falta o sanción e indulto. Prescripción de faltas y de sanciones: 3 años (muy graves), 2 años (graves) y 1 mes (leves). La de faltas corre desde su comisión (o desde la firmeza de la condena por delito doloso), se interrumpe al iniciarse el procedimiento (se reanuda si se paraliza más de 6 meses sin culpa del expedientado) y se suspende si hay proceso penal. La de sanciones, desde el día siguiente a su firmeza.

Ejecución: inmediata (mismo día de la notificación o en 10 días); el recurso no suspende salvo perjuicio irreparable; concurrencia de suspensiones con tope de 6 años; fraccionamiento en 5 meses para las graves; base de cálculo = retribuciones íntegras mensuales / 30. Cancelación de oficio: 6 meses (leves), 1 año (graves) y 3 años (muy graves sin separación) desde el cumplimiento, sin nuevas sanciones.

art. 10 LO 4/2010 · Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. art. 15 LO 4/2010 · Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.

12. Procedimiento disciplinario

Principios: legalidad, impulso de oficio, imparcialidad, agilidad, eficacia, publicidad, contradicción, irretroactividad, tipicidad, responsabilidad, proporcionalidad y concurrencia de sanciones, con presunción de inocencia, información, defensa y audiencia. El proceso penal no impide el expediente, pero este solo se resuelve con sentencia firme, cuyos hechos probados vinculan; solo cabe doble sanción si no hay identidad de fundamento y bien jurídico.

Se inicia siempre de oficio (iniciativa propia, orden superior, moción razonada o denuncia), puede precederle una información reservada del DG y se nombran instructor (igual o superior categoría; si igual, número anterior en el escalafón) y secretario (cualquier funcionario del Ministerio del Interior). Abstención y recusación: resuelve en 3 días quien nombró. El expedientado puede asistirse de abogado o policía licenciado en Derecho. Rige la inmediación: el secretario no puede suplir al instructor en las pruebas.

Informe preceptivo y no vinculante de la Comisión del Consejo de Policía en faltas muy graves, a representantes sindicales (y hasta un año después) y a candidatos en período electoral. En Policía Judicial, informe del juez o fiscal si los hechos tocan la investigación.

Faltas leves: comparecencia y declaración, propuesta y 10 días de alegaciones. Graves y muy graves: incoa el DG; medidas cautelares (suspensión provisional, retirada de arma y distintivos); diligencias en 15 días, pliego de cargos en 15 días, contestación en 10, prueba de 10, propuesta y alegaciones en 10; posible reducción de plazos a la mitad (salvo los de defensa); resolución motivada sin hechos nuevos, notificada en 10 días. Caducidad: 6 meses desde la incoación. La excedencia voluntaria suspende el procedimiento.

art. 19 LO 4/2010 · Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. art. 46 LO 4/2010 · Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.

Tablas de repaso

Organización central de la DGP (Orden INT/859/2023)

ÓrganoDepende deUnidades principalesSuplencia del titular
Dirección Adjunta OperativaDirector GeneralDOTD, UPEC, GEO, Asuntos Internos, Brigada Operativa de Apoyo y las 5 Comisarías GeneralesSG RR. HH. y Formación → SG Logística → Gabinete Técnico
SG de Recursos Humanos y FormaciónDirector GeneralSecretaría General, Planificación de RR. HH., UPRL; Divisiones de Personal y de Formación y PerfeccionamientoSG Logística → Gabinete Técnico
SG de Logística e InnovaciónDirector GeneralSecretaría General, Informática y Telecomunicación; Divisiones Económica y Técnica y de DocumentaciónSG RR. HH. y Formación → Gabinete Técnico
Gabinete TécnicoDirector GeneralSecretaría General, Publicaciones, Área Jurídica, DD. HH. e Igualdad, Coordinación Institucional e Identidad CorporativaSG RR. HH. y Formación → SG Logística
División de Cooperación InternacionalDirector General (directamente)Secretaría General (Centro de Comunicaciones Internacionales), Coordinación Internacional, OCN Interpol, Europol, SireneTitular de su Secretaría General
Director GeneralSecretaría de Estado de SeguridadOficina de Despacho y Oficina de ComunicaciónDAO

Comisarías Generales y sus unidades centrales

Comisaría GeneralUnidades centrales
InformaciónEstructura reservada (Orden Comunicada, Ley de secretos oficiales)
Policía JudicialUCCOT, UDYCO, UDEV, UCIC, UDEF, Ciberdelincuencia, UFAM, Gabinete
Seguridad CiudadanaUCCOT (Deportes, Asuntos Taurinos), JUIP, Protección, Unidades Especiales, Seguridad Privada, Participación Ciudadana, Gabinete
Extranjería y FronterasUCCOT, UCRIF, Fronteras (BRIC), Repatriaciones, CENIF (FRONTEX), Gabinete
Policía CientíficaUCCOT, Identificación, Criminalística, Análisis Científicos, Escena del Delito, Tecnología y Relaciones Internacionales, Gabinete

Organización territorial

UnidadRasgo clave
Jefatura Superior (20)Mando, gestión, coordinación e inspección; UCOT (Jefe Regional de Operaciones suple)
Comisaría ProvincialUna por provincia, en la capital; UCOP (Jefe Provincial de Operaciones suple) y UTO
Comisaría ZonalCuando la delincuencia lo aconseje, según catálogo
Comisaría LocalPoblaciones del anexo II
Comisaría de DistritoUnidad básica en grandes urbes (anexo III; lo modifica el DG)
Comisaría Conjunta / CCPA / CCPCooperación en la frontera con Francia, Portugal y Marruecos (anexo IV)
Puesto FronterizoEntrada y salida del territorio; terrestres, aéreos y marítimos (anexo V)
Unidad de ExtranjeríaFuncional: CGEF; orgánica: Brigada Provincial o Local de Extranjería
Unidad de DocumentaciónFuncional: División de Documentación; orgánica: secretaría general de su plantilla

Escalas, categorías, subgrupo, función y segunda actividad

EscalaCategoríasSubgrupoFunciónSegunda actividad por edad
SuperiorComisario Principal, ComisarioA1Dirección64 años
EjecutivaInspector Jefe, InspectorA1Mando62 años
SubinspecciónSubinspectorA2Supervisión60 años
BásicaOficial de Policía, PolicíaC1Ejecución material58 años

Situaciones administrativas y sus efectos

SituaciónRequisito o duraciónRetribucionesCómputo trienios/antigüedadPromoción interna
Servicios especialesCargo público, electivo, TC, Defensor del Pueblo…Del cargo + trieniosSíSí
Excedencia por interés particular5 años previos; mínimo 1 añoNoNoNo
Excedencia por agrupación familiarSin servicios previos; mínimo 1 añoNoNoSí
Excedencia por cuidado de familiaresMáx. 3 años; reserva del puesto 2 añosNoSíSí
Excedencia por violencia de géneroSin mínimos; reserva 6 meses (hasta 18)Íntegras los 2 primeros mesesSí, durante la reservaSí, durante la reserva
Excedencia por servicio en el sector públicoMientras dure la otra relaciónDel puesto que desempeñeNo (reconocible al reingresar)—
Suspensión provisionalMáx. 3 meses (grave) / 6 (muy grave)100 % básicasSí, si no se declara firme—
Suspensión firmeMás de 6 meses: pierde el puestoNoNo—
Segunda actividadEdad, 25 años o insuficiencia psicofísicaBásicas + 80 % complementariasSí (trienios y derechos pasivos)—

Faltas, sanciones, competencia, prescripción y cancelación (LO 4/2010)

FaltaSancionesÓrgano competentePrescripción falta/sanciónCancelación
Muy graveSeparación; suspensión 3 meses y 1 día a 6 años; traslado forzosoMinistro (separación); SES (suspensión > 3 años y traslado); DG (hasta 3 años)3 años3 años (si no hay separación)
GraveSuspensión de 5 días a 3 mesesDirector General2 años1 año
LeveSuspensión de 1 a 4 días; apercibimientoDelegados del Gobierno, jefes centrales hasta SG, Jefes Superiores, comisarios provinciales y locales1 mes6 meses

Promoción interna (RD 853/2022)

Categoría a la que se asciendeAntigüedad selectivaConcurso-oposiciónTiempo mínimo en CO
Oficial de Policía40 %60 %2 años
Subinspector60 %40 %3 años
Inspector60 %40 %3 años
Acceso global a Inspector60 % de las vacantes a promoción interna40 % a oposición libre—
Inspector Jefe60 %40 %5 años (PI) / 7 (libre)
Comisario60 %40 %6 años
Comisario Principal60 %40 %7 años

Plazos del procedimiento disciplinario

TrámitePlazo
Resolver abstención o recusación3 días
Diligencias iniciales del instructor15 días
Pliego de cargos15 días
Contestación al pliego10 días
Período de prueba10 días
Alegaciones a la propuesta (también en leves)10 días
Notificación de la resolución10 días
Inicio de cumplimiento de la sanciónMismo día o máx. 10 días
Caducidad del procedimiento6 meses desde la incoación

Mnemotecnias para memorizar el tema 8

Reglas para fijar los datos que más se preguntan. Márcalas como sabidas y repásalas en Mnemotecnias.

Los cuatro centros directivos de la organización central

«DAO + 2 SUB + 1 GABINETE»: el DAO, las dos Subdirecciones (Recursos Humanos y Formación; Logística e Innovación) y el Gabinete Técnico. La Cooperación Internacional va «por libre», colgada del DG.

Los cuatro tienen nivel de subdirección general. La División de Cooperación Internacional depende directamente del Director General y tiene el nivel que fije la RPT.

  • ▸DAO
  • ▸SG de Recursos Humanos y Formación
  • ▸SG de Logística e Innovación
  • ▸Gabinete Técnico
  • ▸DCI: depende del DG

Las cinco Comisarías Generales

«I-J-S-E-C: Iñaki Juega Siempre En Casa» → Información, Judicial, Seguridad Ciudadana, Extranjería y Fronteras, Científica.

Las cinco dependen de la DAO y tienen nivel de subdirección general. Documentación es una División, no una Comisaría General.

  • ▸Información
  • ▸Policía Judicial
  • ▸Seguridad Ciudadana
  • ▸Extranjería y Fronteras
  • ▸Policía Científica

Quién suple a quién en la cúpula

«Al DG, el DAO. A los demás: Recursos primero, Logística después y el Gabinete siempre al final (salvo que el ausente sea él)».

DAO → SG RR. HH. y Formación, SG Logística e Innovación, Gabinete Técnico. SG RR. HH. → SG Logística, Gabinete. SG Logística → SG RR. HH., Gabinete. Gabinete → SG RR. HH., SG Logística.

  • ▸DG: le suple el DAO
  • ▸DAO: SGRHF → SGLI → GT
  • ▸Gabinete Técnico: SGRHF → SGLI

La División de Cooperación Internacional

«Si Un Inspector Envía Sirenas» → Secretaría General, Unidad de Coordinación Internacional, Interpol, Europol, Sirene.

El Centro de Comunicaciones Internacionales está adscrito a la Secretaría General (la S), no a Interpol.

  • ▸Secretaría General (+ Centro de Comunicaciones Internacionales)
  • ▸Unidad de Coordinación Internacional
  • ▸OCN Interpol
  • ▸Unidad Nacional de Europol
  • ▸Oficina Sirene

Lo que canta la Sirene

«Sirene: ENTREGA, JUNTA y PRÜM» → entrega por Orden Europea de Detención, coordina Comisarías Conjuntas y Centros de Cooperación, y es punto Prüm de ADN y huellas.

Interpol, en cambio, se queda con las extradiciones y el traslado de condenados: «Interpol EXTRAdita».

  • ▸Entregas por Orden Europea de Detención y Entrega
  • ▸Coordinación funcional de Comisarías Conjuntas, CCPA y CCP
  • ▸Punto de contacto Prüm post-hit ADN y dactiloscopia
  • ▸Interpol: extradiciones y traslado de condenados

Lo que cuelga directamente de la DAO

«Don Ulises Guarda Una Bala» → DOTD, UPEC, GEO, Unidad de Asuntos Internos, Brigada Operativa de Apoyo (más las cinco Comisarías Generales).

El GEO tiene su sede en Guadalajara: «GEO-Guadalajara, doble G».

  • ▸DOTD
  • ▸UPEC
  • ▸GEO (Guadalajara)
  • ▸Asuntos Internos
  • ▸Brigada Operativa de Apoyo

La DOTD: vuela, teclea y custodia

«La DOTD VUELA (Unidad Aérea), TECLEA (Apoyo Tecnológico), ESPÍA con aparatos (Sistemas Especiales), CUSTODIA instituciones (Comisarías Especiales) y PRESTA policías a las autonomías (Unidades Adscritas)».

Exámenes recientes preguntan el Área de Medios Aéreos, la UCAT y las Comisarías Especiales: todas en la DOTD.

  • ▸Unidad Aérea: Medios Aéreos + Seguridad y Protección Aérea
  • ▸Unidad Central de Apoyo Tecnológico
  • ▸Jefatura de Sistemas Especiales
  • ▸Comisarías Especiales
  • ▸Unidades Adscritas a CCAA (orgánicamente)

Las seis Comisarías Especiales

«Seis puertas: REY, PRESIDENTE, CONGRESO (con Defensor y Cuentas), SENADO, CONSTITUCIONAL y JUSTICIA (CGPJ, Supremo y Audiencia)».

El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas van con el Congreso; el Supremo y la Audiencia Nacional, con el CGPJ.

  • ▸Casa Real
  • ▸Presidencia del Gobierno
  • ▸Congreso + Defensor del Pueblo + Tribunal de Cuentas
  • ▸Senado
  • ▸Tribunal Constitucional
  • ▸CGPJ + Tribunal Supremo + Audiencia Nacional

La UPEC: Sigue, Planifica y Comunica

«UPEC = SIC + PP + CNC»: Seguimiento-Inteligencia-Coordinación (estadística y Servicios Extraordinarios), Planificación y Prospectiva (Plan Estratégico) y Centro Nacional de Comunicaciones.

Si preguntan quién controla los Servicios Extraordinarios o la estadística: Área de Seguimiento, Inteligencia y Coordinación.

  • ▸Área de Seguimiento, Inteligencia y Coordinación
  • ▸Área de Planificación y Prospectiva
  • ▸Centro Nacional de Comunicaciones

Las unidades centrales de Policía Judicial

«COORDINO DROGAS, VIOLENCIA, INTELIGENCIA, ECONOMÍA, CIBER y FAMILIA» → UCCOT, UDYCO, UDEV, UCIC, UDEF, Ciberdelincuencia y UFAM (+ Gabinete).

Siete unidades centrales en orden de la Orden. GRECO dependen de la Brigada Central de Crimen Organizado (UDYCO).

  • ▸UCCOT
  • ▸UDYCO
  • ▸UDEV
  • ▸UCIC
  • ▸UDEF
  • ▸Unidad Central de Ciberdelincuencia
  • ▸UFAM

Los cinco cajones de la UDEF

«Hacienda, Blanqueo, Inteligencia, Billetes y Fiscal»: Delincuencia Económica y Fiscal, Blanqueo y Anticorrupción, Inteligencia Financiera, Banco de España (moneda falsa) y Unidad adscrita a la Fiscalía Anticorrupción.

La moneda falsa es del «Banco»: la Brigada de Investigación del Banco de España es Oficina Central Nacional en falsificación de moneda.

  • ▸Brigada Central de Delincuencia Económica y Fiscal
  • ▸Brigada Central de Blanqueo de Capitales y Anticorrupción
  • ▸Brigada Central de Inteligencia Financiera
  • ▸Brigada de Investigación del Banco de España
  • ▸Unidad Adscrita a la Fiscalía Anticorrupción

Ciberdelincuencia: personas, máquinas y dinero

«Tecnológica = PERSONAS, Seguridad Informática = MÁQUINAS, Fraudes = DINERO».

Investigación Tecnológica: delitos contra personas por la red (explotación sexual infantil, redes sociales). Seguridad Informática: ciberataques, malware, criptoactivos y punto del Convenio de Budapest. Fraudes Informáticos: estafas por internet y medios de pago.

  • ▸Brigada Central de Investigación Tecnológica
  • ▸Brigada Central de Seguridad Informática (Budapest)
  • ▸Brigada Central de Fraudes Informáticos

La Jefatura de Unidades Especiales

«CADA GUÍA SUBE al BUS URBANO» → Caballería, Guías Caninos, Subsuelo y Protección Ambiental, Brigada Móvil (transporte), UPR.

Las UIP no están aquí: tienen su propia Jefatura (JUIP), también en Seguridad Ciudadana.

  • ▸Caballería
  • ▸Guías Caninos
  • ▸Subsuelo y Protección Ambiental
  • ▸Brigada Móvil-Policía en el Transporte
  • ▸Unidades de Prevención y Reacción

Fútbol y toros en la misma Brigada

«En la BCO de Seguridad Ciudadana hay FÚTBOL y TOROS».

La Oficina Nacional de Deportes y la Oficina Central de Asuntos Taurinos dependen de la Brigada de Coordinación Operativa, que a su vez depende de la UCCOT de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana.

  • ▸Oficina Nacional de Deportes (Punto Nacional de Información)
  • ▸Oficina Central de Asuntos Taurinos
  • ▸Dependen de la Brigada de Coordinación Operativa (CGSC)

Seguridad privada: la que vigila y la que da papeles

«INSPECCIÓN VIGILA, EMPRESAS Y PERSONAL EXPIDE»: la primera inspecciona y persigue el intrusismo; la segunda inscribe empresas, habilita personal, hace las pruebas de selección y tramita sanciones.

La Unidad Central de Seguridad Privada es la Autoridad Nacional de Control.

  • ▸Brigada Central de Inspección e Investigación: inspección e intrusismo
  • ▸Brigada Central de Empresas y Personal: inscripción, habilitación, pruebas y expedientes

Extranjería: FADO suena en Redes

«El FADO se canta en REDES; la BRIC corre por FRONTERAS; los CIE se REPATRÍAN; FRONTEX vive en el CENIF».

Punto FADO: Brigada de Investigación de Redes (UCRIF). BRIC: Unidad Central de Fronteras. CIE y CATE: Unidad Central de Repatriaciones. FRONTEX: Brigada de Coordinación del CENIF.

  • ▸FADO → Brigada de Investigación de Redes
  • ▸BRIC → Unidad Central de Fronteras
  • ▸CIE/CATE → Unidad Central de Repatriaciones
  • ▸FRONTEX → CENIF

Criminalística: papeles, letras, balas y voces

«PAPEL, LETRA, BALA, HUELLA DE HERRAMIENTA y VOZ»: los cinco objetos de Criminalística → falsificación documental, grafoscopia, balística, trazas instrumentales y acústica forense.

Identificación = huellas, cara y cadáveres; Análisis Científicos = ADN, química y toxicología; Escena del Delito = inspección ocular y foto.

  • ▸Falsificación documental
  • ▸Grafoscopia
  • ▸Balística identificativa y operativa
  • ▸Trazas instrumentales
  • ▸Acústica forense

¿Quién forma a quién?

«ÁVILA forma a los que EMPIEZAN (Policía e Inspector); el CAEP a los que MANDAN (Inspector Jefe y Escala Superior)».

La ENP forma a la segunda categoría de las Escalas Ejecutiva y Básica; el CAEP, a la Escala Superior y a la primera de la Ejecutiva, y convoca los cursos de antigüedad selectiva.

  • ▸ENP (Ávila): Inspector y Policía
  • ▸CAEP: Inspector Jefe, Comisario y Comisario Principal
  • ▸CAE: formación permanente, especialización e idiomas

El mapa de las sedes

«G-G, A-A, E-E, L-L»: GEO en Guadalajara; Alumnos en Ávila; Electrónica (CPD) en El Escorial; Lucha táctica (Prácticas Operativas) en Linares.

El Centro de Actualización y Especialización tiene tres sedes: Madrid, Ávila y Linares.

  • ▸GEO: Guadalajara
  • ▸Escuela Nacional de Policía: Ávila
  • ▸Centro de Proceso de Datos: El Escorial
  • ▸Centro de Prácticas Operativas: Linares (Jaén)

En el Gabinete suena la Banda y se vende la Marca

«Gabinete Técnico: BANDA, MARCA, DATOS y ORDEN GENERAL».

Banda de Música (Servicio de Protocolo) y Oficina de Marca están en el Área de Coordinación Institucional e Identidad Corporativa; la protección de datos, en el Área Jurídica; la Orden General la dirige su Secretaría General.

  • ▸Banda de Música → Servicio de Protocolo
  • ▸Oficina de Marca
  • ▸Oficina Central Nacional de Protección de Datos → Área Jurídica
  • ▸Orden General → Secretaría General del GT

La Junta de Gobierno

«El DIRECTOR preside, el DAO vicepreside y PERSONAL toma acta».

La secretaría la ejerce el jefe de la División de Personal; los invitados tienen voz pero no voto.

  • ▸Presidente: Director General
  • ▸Vicepresidente: DAO
  • ▸Secretario: jefe de la División de Personal
  • ▸Invitados: voz sin voto

Veinte Jefaturas Superiores

«17 autonomías + 1 extra (Andalucía se parte en dos) + 2 ciudades africanas = 20».

Andalucía Occidental (Sevilla) y Oriental (Granada); Ceuta y Melilla tienen Jefatura propia. Sedes que engañan: País Vasco en Bilbao, Galicia en A Coruña, Castilla y León en Valladolid, Canarias en Las Palmas.

  • ▸20 Jefaturas Superiores
  • ▸Andalucía Oriental: Granada
  • ▸Galicia: A Coruña
  • ▸País Vasco: Bilbao
  • ▸Castilla-La Mancha: Toledo

Los cuatro puestos fronterizos terrestres

«Dos ciudades africanas, un pueblo pirenaico y una Roca»: Ceuta, Melilla, La Seo d'Urgell y La Línea de la Concepción.

Irún no es puesto terrestre: allí hay Comisaría Conjunta con Francia (Hendaye/Irún).

  • ▸Ceuta
  • ▸Melilla
  • ▸La Seo d'Urgell
  • ▸La Línea de la Concepción

Escalas y categorías: 2-2-1-2

«2-2-1-2 = 7»: Superior (2), Ejecutiva (2), Subinspección (1), Básica (2).

Primera categoría siempre la más alta: Comisario Principal, Inspector Jefe, Oficial de Policía.

  • ▸Superior: Comisario Principal y Comisario
  • ▸Ejecutiva: Inspector Jefe e Inspector
  • ▸Subinspección: Subinspector
  • ▸Básica: Oficial de Policía y Policía

Funciones por escala: Di-Ma-Su-E

«DIrige, MAnda, SUpervisa, Ejecuta» → de arriba abajo: Superior, Ejecutiva, Subinspección, Básica.

El examen cambia la pareja (p. ej., «a la Ejecutiva, la dirección»): cuidado, la Ejecutiva MANDA.

  • ▸Superior: dirección
  • ▸Ejecutiva: mando
  • ▸Subinspección: supervisión
  • ▸Básica: ejecución material

Subgrupos: A1-A1-A2-C1

«Los dos de arriba juegan en primera (A1), el Subinspector en segunda (A2) y la Básica en la C».

Facultativos A1 y técnicos A2. Títulos de ingreso: grado para Inspector, bachiller para Policía.

  • ▸Superior y Ejecutiva: A1
  • ▸Subinspección: A2
  • ▸Básica: C1
  • ▸Facultativos A1, técnicos A2

Seis situaciones administrativas

«Tres SERVICIOS y tres ESES»: servicio activo, servicios especiales, servicio en otras AAPP + Excedencia, Suspensión y Segunda actividad.

La «reserva» es de la Guardia Civil; la «excedencia forzosa» no está entre las cinco excedencias de la LO 9/2015.

  • ▸Servicio activo
  • ▸Servicios especiales
  • ▸Servicio en otras AAPP
  • ▸Excedencia
  • ▸Suspensión de funciones
  • ▸Segunda actividad

Interés particular: 5 para entrar, 1 para salir

«CINCO para entrar, UNO para salir y CERO de todo lo demás»: 5 años previos, 1 año mínimo y ni sueldo, ni cómputo, ni ascenso.

En agrupación familiar no se piden años previos (CERO para entrar), también 1 año mínimo y SÍ se puede ascender.

  • ▸Interés particular: 5 años previos
  • ▸Mínimo: 1 año
  • ▸Sin retribución, sin cómputo, sin promoción interna
  • ▸Agrupación familiar: sin servicios previos y con promoción

Cuidado de familiares: 3 de máximo, 2 de reserva

«TRES para cuidar, DOS con tu silla»: hasta 3 años por sujeto causante, con reserva del mismo puesto 2 años y después un puesto en la localidad con igual retribución.

Es la excedencia «buena»: computa trienios, antigüedad y Seguridad Social y permite formación y ascenso.

  • ▸Máximo 3 años por hijo o familiar
  • ▸Familiares hasta 2.º grado
  • ▸Reserva del puesto: al menos 2 años
  • ▸Computa y permite promoción interna

Violencia de género: 2-6-3-18

«DOS de sueldo, SEIS de silla, de TRES en TRES hasta DIECIOCHO».

Sin servicios previos ni permanencia mínima. Dos primeros meses con retribuciones íntegras; reserva de puesto 6 meses, prorrogables por periodos de 3 hasta 18 si lo exigen las actuaciones judiciales.

  • ▸2 meses: retribuciones íntegras
  • ▸6 meses: reserva de puesto
  • ▸Prórrogas de 3 meses
  • ▸Máximo 18 meses

Suspensión: 3-6 provisional, más de 6 firme = adiós puesto

«PROVISIONAL: 3 si es grave, 6 si es muy grave. FIRME: pasa de 6 y pierdes la silla».

La provisional por expediente sin causa penal no puede superar 3 meses (graves) o 6 (muy graves); la firme de más de 6 meses hace perder el puesto.

  • ▸Provisional falta grave: máx. 3 meses
  • ▸Provisional falta muy grave: máx. 6 meses
  • ▸Firme > 6 meses: pérdida del puesto
  • ▸Provisional: 100 % de retribuciones básicas

Segunda actividad por edad: de dos en dos

«64-62-60-58: cada escala hacia abajo, dos años antes»: Superior 64, Ejecutiva 62, Subinspección 60, Básica 58.

Alternativa: 25 años de servicios efectivos, con cupos que fija Interior antes del 31 de diciembre. Se cobra el 80 % de las complementarias generales.

  • ▸Superior: 64
  • ▸Ejecutiva: 62
  • ▸Subinspección: 60
  • ▸Básica: 58
  • ▸O 25 años de servicio (cupos)

Embriaguez: dentro o fuera

«DENTRO del servicio, MUY GRAVE; FUERA, GRAVE si es habitual (3 en un año) o daña la imagen».

Negarse a la prueba de alcohol o drogas legítimamente ordenada también es muy grave; la mera tenencia de drogas (no por servicio) es grave.

  • ▸En servicio o bajo efectos manifiestos: muy grave
  • ▸Fuera de servicio habitual o con daño a la imagen: grave
  • ▸Habitualidad: 3 o más episodios en 1 año
  • ▸Tenencia de drogas: grave

Las parejas que cambian de grado

«INEXCUSABLE es GRAVE, SIMPLE es LEVE; si PERJUDICA, MUY GRAVE; si NO perjudica, GRAVE».

Extravío del arma o distintivos: negligencia inexcusable, grave; simple negligencia, leve. Secreto profesional: con perjuicio, muy grave; sin perjuicio, grave. Exhibir ARMAS, grave; exhibir DISTINTIVOS, leve.

  • ▸Extravío por negligencia inexcusable: grave
  • ▸Extravío por simple negligencia: leve
  • ▸Secreto profesional con perjuicio: muy grave / sin perjuicio: grave
  • ▸Exhibir armas: grave / exhibir distintivos: leve

La escalera de las sanciones

«1-4 días / 5 días-3 meses / 3 meses y 1 día-6 años»: cada tramo empieza donde acaba el anterior. Y el TRASLADO, solo para MUY GRAVES.

Leves: suspensión de 1 a 4 días o apercibimiento. Graves: suspensión de 5 días a 3 meses. Muy graves: separación, suspensión de 3 meses y 1 día a 6 años, traslado forzoso.

  • ▸Leves: 1-4 días o apercibimiento
  • ▸Graves: 5 días-3 meses
  • ▸Muy graves: 3 meses y 1 día-6 años, separación o traslado forzoso

Quién sanciona: Ministro Separa, Secretario Traslada, Director Suspende

«El MINISTRO SEPARA, el SECRETARIO TRASLADA (y suspende más de 3 años), el DIRECTOR SUSPENDE (hasta 3 años y todas las graves) y los JEFES riñen las leves».

Las leves: Delegados del Gobierno, jefes de órganos centrales hasta subdirector general, Jefes Superiores, comisarios provinciales y locales y jefes de unidades adscritas.

  • ▸Separación: Ministro del Interior
  • ▸Suspensión de 3 años y 1 día a 6 años y traslado: SES
  • ▸Suspensión hasta 3 años (muy graves) y graves: DG
  • ▸Leves: Delegados del Gobierno y jefes territoriales

Prescripción y cancelación

«PRESCRIBEN 3-2-1 (¡el 1 es de MES!) y se CANCELAN 3-1-medio»: faltas y sanciones prescriben a los 3 años, 2 años y 1 mes; las anotaciones se cancelan a los 3 años, 1 año y 6 meses.

Mismos plazos de prescripción para faltas (art. 15) y sanciones (art. 16). La cancelación cuenta desde el cumplimiento de la sanción.

  • ▸Muy graves: prescriben 3 años / cancelación 3 años
  • ▸Graves: prescriben 2 años / cancelación 1 año
  • ▸Leves: prescriben 1 mes / cancelación 6 meses

Plazos del expediente: 15-15 y lo demás 10

«QUINCE para investigar, QUINCE para acusar, DIEZ para todo lo demás y SEIS meses de vida».

Diligencias del instructor: 15 días; pliego de cargos: 15 días; contestación, prueba, alegaciones a la propuesta y notificación de la resolución: 10 días; caducidad: 6 meses; recusación: 3 días.

  • ▸Diligencias: 15 días
  • ▸Pliego de cargos: 15 días
  • ▸Contestación, prueba, alegaciones: 10 días
  • ▸Caducidad: 6 meses desde la incoación

Las pruebas de la oposición a Policía

«FÍsico, MÉdico, PSIco, ENtrevista y COnocimientos»: «FIME PSIEN CO» → «¡Fíjate, me piensan coger!».

Todas eliminatorias; la nota de la oposición es la suma de conocimientos y aptitud física. El supuesto práctico es de la oposición a Inspector.

  • ▸Aptitud física
  • ▸Reconocimiento médico
  • ▸Test psicotécnicos
  • ▸Entrevista profesional y personal
  • ▸Conocimientos

Promoción interna: 60/40, salvo el Oficial

«SESENTA para los veteranos (antigüedad), CUARENTA para los que estudian (concurso-oposición)… y el OFICIAL al revés». A Inspector: 40 libre, 60 de casa.

Antigüedad selectiva: primer tercio del escalafón y máximo 3 convocatorias; concurso-oposición: convocatorias ilimitadas.

  • ▸Regla general: 60 % AS / 40 % CO
  • ▸Oficial de Policía: 40 % AS / 60 % CO
  • ▸Inspector: 40 % oposición libre / 60 % promoción interna
  • ▸AS: máx. 3 convocatorias

Años para el concurso-oposición: 2-3-3-5/7-6-7

«DOS para Oficial, TRES y TRES para Subinspector e Inspector, CINCO o SIETE para Inspector Jefe, SEIS para Comisario y SIETE para Comisario Principal».

En Inspector Jefe: 5 si se llegó a Inspector por promoción interna, 7 si por oposición libre.

  • ▸Oficial: 2
  • ▸Subinspector: 3
  • ▸Inspector: 3
  • ▸Inspector Jefe: 5 (PI) / 7 (libre)
  • ▸Comisario: 6
  • ▸Comisario Principal: 7

Trampas de examen

  • El Centro de Comunicaciones Internacionales NO está en Interpol ni en la Unidad de Coordinación Internacional: está adscrito a la Secretaría General de la División de Cooperación Internacional.
  • El punto Prüm de ADN y huellas post-hit es la Oficina Sirene, no Interpol ni Europol.
  • La JUIP depende de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, no de la DOTD ni de la Jefatura de Unidades Especiales; las UIP no son «unidades especiales».
  • La Brigada Central de Fraudes Informáticos depende de la Unidad Central de Ciberdelincuencia (Policía Judicial), no de la UCAT de la DOTD.
  • La Oficina del Policía y el Área de Retribuciones están en la Secretaría General de la División de Personal, no en la de la SG de Recursos Humanos y Formación.
  • La UPRL y Protección Socio-Sanitaria cuelga de la Subdirección General de Recursos Humanos y Formación, no de la División de Personal.
  • En la provincia sede de la Jefatura Superior, el Jefe Superior asume la Comisaría Provincial solo si lo determina la DGP: no es automático.
  • Nombra a los Policías alumnos el Director General, pero el nombramiento final como Policía (tras curso y prácticas) es del Secretario de Estado de Seguridad.
  • «Inspector adjunto» solo existe en la promoción interna a Inspector; quien ingresa por oposición libre es «Inspector en prácticas».
  • La regla 60 % antigüedad selectiva / 40 % concurso-oposición se invierte en el ascenso a Oficial de Policía (40/60).
  • En excedencia por interés particular no se puede ascender; en agrupación familiar sí (aunque tampoco computa el tiempo).
  • La LO 4/2010 se aplica a la segunda actividad con destino; la segunda actividad sin destino (la ordinaria de la LO 9/2015) se rige por el régimen disciplinario general de la función pública.
  • El traslado forzoso solo se impone por falta muy grave; por falta grave la única sanción es la suspensión de 5 días a 3 meses.
  • La suspensión de más de 3 años y el traslado forzoso los impone el Secretario de Estado de Seguridad, no el Director General (que llega hasta 3 años).
  • Las faltas leves prescriben al mes, no a los seis meses: los seis meses son el plazo de cancelación de su anotación.
  • El encubridor no responde como el autor: comete la falta de inferior grado. Quien responde como el autor es el inductor.
  • El informe del Consejo de Policía es preceptivo pero no vinculante, y lo emite la Comisión correspondiente (al Pleno solo se le da cuenta).
  • En la suspensión provisional se cobra el 100 % de las retribuciones básicas (no de las íntegras); y nada si el expediente se paraliza por culpa del interesado o este no comparece.

Preguntas resueltas del tema 8

Una muestra del banco. Hay 758 preguntas de este tema, cada una con su explicación y su artículo.

1. Es función de la persona titular de la Dirección General de la Policía, según el art. 3.1 del RD 207/2024:

  • a) Aplicar el régimen disciplinario del personal de la Policía Nacional.
  • b) Aprobar los planes y programas de infraestructuras y material en el ámbito de la seguridad.
  • c) Dirigir el Sistema Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas.
Ver solución

Respuesta: a) Art. 3.1.i). Aprobar planes de infraestructuras y dirigir el sistema de infraestructuras críticas son funciones de la SES. (art. 3.1.i) RD 207/2024)

2. Según la Orden INT/859/2023, forman la organización central de la DGP, con nivel orgánico de subdirección general:

  • a) Las cinco Comisarías Generales y la Dirección Adjunta Operativa.
  • b) La Dirección Adjunta Operativa, la SG de Recursos Humanos y Formación, la SG de Logística e Innovación y el Gabinete Técnico.
  • c) La Dirección Adjunta Operativa, la División de Cooperación Internacional, la SG de Recursos Humanos y Formación y el Gabinete Técnico.
Ver solución

Respuesta: b) Art. 1.a): son los cuatro centros directivos que dependen directamente del Director General. (art. 1.a) Orden INT/859/2023)

3. Las cinco Comisarías Generales dependen de la Dirección Adjunta Operativa y tienen nivel orgánico de:

  • a) Subdirección general.
  • b) El que determine el Catálogo de Puestos de Trabajo.
  • c) Dirección general.
Ver solución

Respuesta: a) Art. 4.5 Orden INT/859/2023. (art. 4.5 Orden INT/859/2023)

4. Al frente de la Unidad de Coordinación Operativa Territorial de una Jefatura Superior se encuentra, y sustituye al Jefe Superior en caso de vacante, ausencia o enfermedad:

  • a) El titular de la Secretaría General de la Jefatura.
  • b) El Jefe o Jefa Regional de Operaciones.
  • c) El Jefe o Jefa Provincial de Operaciones.
Ver solución

Respuesta: b) Art. 19.2. (art. 19.2 Orden INT/859/2023)

5. La renuncia voluntaria a la condición de funcionario de carrera de la Policía Nacional se manifestará por escrito y la administración la aceptará expresamente en el plazo máximo de:

  • a) Un mes.
  • b) Tres meses.
  • c) Seis meses.
Ver solución

Respuesta: b) Art. 5.3, salvo que el funcionario esté sujeto a expediente disciplinario o se haya dictado auto de procesamiento o de apertura de juicio oral por delito doloso. (art. 5.3 LO 9/2015)

Hacer el test completo del tema 8

Normativa de este tema

  • Orden INT/859/2023, de 21 de julio · texto consolidado del Código BOE «Normativa para ingreso en la Policía Nacional» (ed. 23-09-2026)
  • Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional · texto consolidado del Código BOE «Normativa para ingreso en la Policía Nacional» (ed. 23-09-2026)
  • Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. · texto consolidado del Código BOE «Normativa para ingreso en la Policía Nacional» (ed. 23-09-2026)
  • Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero · texto consolidado del Código BOE «Normativa para ingreso en la Policía Nacional» (ed. 23-09-2026)
  • Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre · texto consolidado del Código BOE «Normativa para ingreso en la Policía Nacional» (ed. 23-09-2026)
  • Orden INT/632/2024, de 20 de junio · texto consolidado del Código BOE «Normativa para ingreso en la Policía Nacional» (ed. 23-09-2026)

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